¿Sabes cómo declarar tus impuestos?

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A partir del 16 de febrero, las personas naturales que no generen rentas empresariales podrán encontrar un proyecto de su Declaración Jurada en la web de la Sunat, la cual contendrá la información declarada por sus agentes de retención, informó Katarzyna Dunin – Borkowski, Directora de la División Tributaria del Estudio Barrios & Fuentes Abogados (BAFUR).

Las personas que están de acuerdo con dicho proyecto, lo podrán validar o, de lo contrario, modificar para su posterior presentación vía Internet.

La especialista indicó que quienes se encuentran obligados a presentar su Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del 2014 son aquellas personas que hubieran percibido rentas o hubieran generado pérdidas en rentas empresariales, incluidos en el Régimen General.

Además están aquellas personas naturales que no hubieran percibido rentas empresariales y tengan saldo a favor de Sunat, arrastren saldos de ejercicios anteriores y los que hayan superado en el año 2014 ingresos mayores a S/. 25,000.

Mientras que las no deberán presentar Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta aquellas personas naturales que hubieran percibido únicamente rentas de quinta categoría (trabajo dependiente) y los no domiciliados que hubieran obtenido rentas de fuente peruana.

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