La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) informó hoy cuáles son las principales acciones que los partidos políticos y alianzas electorales que participan en las Elecciones Generales 2016 deben evitar al presentar su información financiera de campaña, cuya primera entrega debe hacerse hasta este jueves 7 de enero.
En la lista de las principales deficiencias figura no llevar libros de contabilidad en la misma forma que se dispone para las asociaciones y no contabilizar los aportes en especie que se reciban bajo la modalidad de cesión de uso.
Otra deficiencia es declarar entregas de dinero a la campaña electoral cuyos aportantes niegan posteriormente haberlas efectuado.
Además, figura no disponer de documentación que sustente el registro en algunas cuentas del Activo, Pasivo, Ingresos y Gastos en la contabilidad o no tener una cuenta bancaria para el control y administración de los fondos partidarios, originando que los ingresos en efectivo se administren solo a través de caja.
La ONPE recordó que todo aporte igual o superior a S/. 3,500, debe ser entregado por el aportante debidamente identificado, a través de medios de pago bancarios.
Otras de las deficiencias recurrentes en que han incurrido las organizaciones políticas es no cumplir con presentar el total de sus gastos de publicidad electoral, ya sea en radio, televisión, prensa escrita y publicidad exterior.
Durante la campaña electoral la publicidad contratada no debe difundirse fuera de los 62 días previos al proceso electoral, es decir, desde el 10 de febrero al 8 de abril de 2016.
También se han presentado casos en que los partidos no informan los gastos referidos a mítines, viajes, servicio de asesores y consultores, tenencia de vehículos y otros.
En ese sentido, la ONPE ha cursado comunicación a los partidos políticos y alianzas electorales a efectos de poner a su disposición apoyo y asistencia técnica, además de recomendaciones y pautas para una adecuada presentación de la información económica y financiera.
La primera información financiera de campaña cubre el período que va desde el 14 de noviembre (fecha de la convocatoria de las elecciones) al 31 de noviembre de 2015.
Infracciones y sanciones
La ONPE recordó también que constituyen infracciones a la Ley de Partidos Políticos el recibir financiamiento de cualquier entidad de derecho público o empresa de propiedad del Estado o con participación de éste, de confesiones religiosas de cualquier denominación, de partidos políticos y agencias de gobiernos extranjeros, excepto cuando los aportes estén destinados a la formación, capacitación e investigación.
También constituyen trasgresiones omitir información de la contabilidad de ingresos y gastos anual, así como adulterar intencionalmente la información de la contabilidad de ingresos y gastos.
En estos casos la multa no será menor de diez (10) ni mayor de cincuenta (50) veces el monto recibido, omitido o adulterado.
El organismo electoral pide a los organizaciones políticas tener presente que constituye una infracción recibir contribuciones de una misma persona natural o jurídica superiores a las 60 UIT (S7. 231,000) o recibir aportaciones anónimas superiores a las 30 UIT (S/. 115,500) referidas a las actividades de financiamiento proselitista. La multa será no menor de diez ni mayor de 30 veces el monto de la contribución recibida.
De acuerdo al artículo 34° de la Ley de Partidos Políticos (N° 28094), la verificación y control externos de la actividad económico- financiera de los partidos políticos, los movimientos de alcance regional o departamental y las organizaciones políticas de alcance provincial o distrital corresponden exclusivamente a la ONPE, a través de las Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios.