MEF sí observó dictamen de la Ley de Alimentación Saludable

Advirtió que la propuesta restringiría el comercio y recomendó establecer lineamientos para potenciar la capacidad de decisión de los escolares. Sin embargo, tal como reconoció ayer, la ministra de Salud ni se enteró.

(USI)
(USI)

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) llegó a emitir un informe en el que observó el dictamen de la ahora Ley de Alimentación Saludable (Nº 30021), donde advirtió una posible restricción al comercio en contra del Decreto Legislativo Nº 688, garante del libre acceso a la adquisición, transformación y comercialización de bienes y servicios.

Esta objeción se hizo en referencia al Artículo 2, que en el dictamen establecía la aplicación de la norma a “todos los proveedores que comercialicen, importen, suministren, elaboren alimentos preparados como la denominada ‘comida rápida’ o ‘comida chatarra’”.

Diversos voceros del Gobierno, hasta el momento, han expuesto argumentos a favor de esta ley. De hecho, uno ellos fue la ministra de Salud, Midori Habich, que aseguró -en entrevista al diario El Peruano- que la norma no establece prohiciones y dijo no conocer ninguna versión o informe del MEF sobre la misma.

En la promulgada ley, este artículo ya no habla de “comida chatarra”, sino de “alimentos procesados”, lo que afectaría incluso a la comercialización de la leche y conservas. Sin embargo, su aplicación sigue vigente para “todas las personas naturales y jurídicas que comercialicen, importen, suministren y fabriquen” estos productos.

“Si bien es cierto que la regulación de la comercialización de productos dirigidos a los menores de edad —con el fin de proteger su salud y obesidad— es un tema importante para la salud pública, cabe considerar que las regulaciones sociales deben disuadir el comportamiento oportunista de los proveedores de los productos en cuestión. Se debe evitar una sobreregulación”, dice el informe.

En otra de sus observaciones, el MEF pide que se definan los “alimentos que sugieren ser ingeridos por los menores de edad en etapa escolar”.

Pero la ley tampoco especifica cuáles son esos alimentos que los niños en etapa escolar consumen y describe a la alimentación saludable como “variada, preferentemente en estado natural o con procesamiento mínimo”.

El MEF también señaló que, debido al riesgo de restricción al comercio de la norma, se necesita garantizar la participación de las entidades involucradas a fin de potenciar las “capacidades de decisión de los escolares les permitan tomar medidas seguras para decidir qué consumen y por qué”.

Puede descargar las observaciones del MEF en este enlace.

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