Desde este año, el inversionista de fondos mutuos solo tendrá que fijarse en el valor que invirtió en el inicio y el monto que retira o rescata al final de la inversión para pagar el Impuesto a la Renta (IR), explicó el tributarista Walker Villanueva. Así, si se invierten S/. 100 y luego se rescatan S/. 250, es decir, se obtiene una ganancia de S/. 150, entonces solo el último monto tendrá que tributar el 5%.