Más de 7,000 peruanos inscribieron su anticipo de herencia en Sunarp, ¿en qué consiste?

Solo pueden participar de la transferencia de bienes por anticipo de herencia los herederos forzosos, es decir, los hijos, los padres y el/la cónyuge.

Entre enero y setiembre del presente año, 7,757 peruanos realizaron su trámite de anticipo de herencia en el Registro de Propiedad Inmueble de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp).

Los departamentos de Lima (4,229), Arequipa (600), Cusco (407), La Libertad (335), Lambayeque (265), Piura (246), Junín (223), Ica (198), Cajamarca (174) y Tacna (165) son los más activos a nivel nacional.

Pero, ¿a qué se denomina anticipo de herencia o legítima y por qué es importante tramitarlo?, pues el anticipo de herencia es un acto de liberalidad por parte de los padres, cónyuges o hijos hacia sus herederos forzosos (hijos, padres y/o cónyuge) para que en vida, éstos últimos puedan gozar de los bienes de propiedad de los anticipantes antes de su fallecimiento.

El anticipo de legitima se tramita a través de un contrato de donación donde el propietario de un inmueble transfiere la integridad de su derecho o parte del que posee (acciones y derechos) a favor de sus herederos. Solo pueden participar de esta transferencia de bienes los herederos forzosos, es decir, los descendientes (hijos y nietos), ascendientes (padres y abuelos) y el/la cónyuge.

“Todos los hijos tienen derecho a recibir la herencia en la misma proporción, sin tomar en consideración si son fruto de una relación matrimonial o no, y sin importar cuál es su situación económica”, dijo la Sunarp.

El trámite
Para efectuar este trámite se presenta una minuta de donación autorizada por un abogado, la partida de nacimiento del heredero, la partida de matrimonio de los padres; y los documentos de la propiedad (HR-Hoja de Resumen, PU-Predio Urbano, pago del impuesto predial del año de la celebración del contrato y la copia de la partida registral del predio).

“Estos documentos se presentan a un notario, quien elevará la minuta a escritura pública. En la escritura pública deberá constar el valor del inmueble que es materia del anticipo, conforme a lo dispuesto en el Artículo 107° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios”, explicó la Sunarp.

Indicó que este proceso puede durar algunas semanas y posteriormente, se deberá inscribir la propiedad en los Registros Públicos.

Requisitos
1. Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita en las oficinas de la Sunarp) debidamente llenada y firmada por el presentante.

2. Parte notarial de la escritura pública con intervención del anticipante (el que otorga el anticipo de herencia) y el beneficiario del anticipo, en la que debe constar el valor asignado al predio.

3. Copia certificada de la partida de nacimiento –o de ser el caso, de matrimonio- del beneficiario del anticipo, salvo que la misma se encuentre inserta en la escritura pública.
4. Pago de derechos registrales.

Datos – El costo de los derechos registrales depende del valor del inmueble a donar:

Si el valor del predio es igual o menor a S/ 35,000 – Derecho de presentación: S/. 33.00 – Derecho de inscripción: Costo del predio x 1.5 / 1000

Si el valor del predio es mayor a S/ 35,000 – Derecho de presentación: S/. 33.00 – Derecho de inscripción: Costo del predio x 3 / 1000

El plazo de calificación es de 7 días hábiles.

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