UE anula multas a LATAM, Air France y otras aerolíneas por pactar precios

El Tribunal General de la Unión Europea estimó que los motivos y el dispositivo de la sanción decidida hace cinco años por la Comisión Europea “son contradictorios”, por lo que anuló la medida.

La multa anulada más importante, de 182 millones de euros, era contra Air France.
La multa anulada más importante, de 182 millones de euros, era contra Air France.

Luxemburgo (AFP).- La justicia europea anuló las multas infligidas por la Comisión Europea a una decena de compañías aéreas en el 2010 por pactar precios para el transporte de carga, entre ellas Air France y LATAM (Lan Chile y TAM), indicó hoy en un comunicado.

El Tribunal General de la Unión Europea (UE) estimó que los motivos y el dispositivo de la sanción decidida por la Comisión Europea “son contradictorios”, por lo que anuló la medida.

La Comisión había acusado a varias compañías aéreas de haber mantenido un cartel durante seis años, de diciembre de 1999 a febrero del 2006, periodo en el que coordinaron su política en relación a los recargos por combustible y seguridad.

El cartel se habría forjado para las rutas del Espacio Económico Europeo y Suiza.

La multa anulada más importante, de 182 millones de euros, era contra Air France. El grupo francés también fue multado junto a su socio KLM por un monto de 124 millones.

La aerolínea Latam (alianza de Lan Chile y la brasileña TAM) había sido multada por casi 9 millones de euros por colusión de la chilena durante el periodo investigado.

British Airways fue por su parte multada con 104 millones de euros. La sanción queda anulada con la decisión del tribunal. En total, la decisión del tribunal alcanza a unas doce compañías (además Cargolux, Singapore Airlines, SAS, Cathay Pacific, Japan Airlines, Martinair y Air Canadá).

En su fallo, el tribunal señaló que la decisión de la Comisión de infligir una multa por una infracción debe ser comunicada a las empresas de manera “clara y precisa”, para que puedan “comprender e impugnar (…) la imposiciòn de esas sanciones”.

La exposición de los motivos de la Comisión, indica el Tribunal, “pone de manifiesto que (…) describe un solo cártel, calificado de infracción única y continuada en relación con todas las rutas incluidas en el cártel” y en el que “participaron” todos los transportistas implicados.

“Sin embargo, en la parte dispositiva de la decisión constata la presencia bien de cuatro infracciones únicas y continuadas distintas, bien de una sola infracción única y continuada por la que exclusivamente se atribuye responsabilidad” a sólo un grupo de los transportistas investigados, indica el fallo.

Esta falta de precisiones llevó a las compañías a apelar la decisión de la Comisión.

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