Dentro de una empresa se pueden presentar situaciones de acoso que podrían o no tener alguna connotación sexual. Carlos Cárdenas, gerente senior del Área Laboral de EY Perú detalló a gestión.pe cuáles son los casos más frecuentes de acoso laboral.
1. Reducción de categoría. Si una persona ejerce una posición determinada y luego es trasladada a una posición de inferior jerarquía, esto es considerado como hostigamiento. “En tal virtud el trabajador puede solicitar que esta situación se revierta”.
2. Reducción de remuneraciones. Es cuando un trabajador tiene su sueldo definido y de pronto, sin ninguna justificación, le cambian el contrato y le ofrecen un monto menor. “Esto ocurre mucho en la práctica y de acuerdo a lo señalado a las resoluciones judiciales pasa de manera reiterada; es una práctica que no corresponde de acuerdo a ley y debe ser prohibida por parte de los empleadores”.
3. Llamadas y encuentros fuera del horario laboral. Cárdenas precisa que en principio una llamada para trabajar o para encontrarse fuera de la oficina no debería ser aceptada. “Si hay insistencia por parte del empleador ya podría ser considerado como un acoso en la medida que ya ha habido un rechazo”.
“Si hay una llamada que no tiene un contenido que afecte la dignidad de la persona, como un contenido sexual por ejemplo, en esos casos se puede considerar con que hay una hostilidad pero no una de carácter sexual”, resalta.
Agrega además que el exceso de trabajo no está considerado como acoso u hostigamiento. “Si se exigen más horas de trabajo, a lo establecido en el contrato, entonces da lugar al pago de sobretiempo, como horas extras”.
Como recomendación final, el especialista señala que se debe ser muy precavido en la manera en que uno se expresa en el trabajo para no incomodar con ‘bromas’ a compañeros, pues pueden no ser recibidos de la mejor manera.
Vea la entrevista completa a Carlos Cárdenas, realizada por Mía Ríos, aquí: