PJ declara improcedente pedido para afectar el ordenamiento pesquero

El gremio pesquero solo mencionó la exhortación que hizo la Cuarta Sala Civil al Produce, pero omitió decir que la resolución desestimaba pedido de la SUPNEP. Por su parte, el procurador Luis Huerta aseguró que la norma no debía pasar por el Congreso, como sugirió dicha sala.

Luego de que la Sociedad Nacional de Pesquería intentara crispar las aguas, el Gobierno aclaró que el ordenamiento pesquero sigue vigente y la actividad industrial seguirá operando a partir de la milla 10, tal como consta en el Decreto Supremo (DS) N° 011-2013-PRODUCE.

Sucede que el gremio pesquero dio cuenta de una resolución de la Cuarta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia, de la cual resaltó una exhortación de esta instancia al Ministerio de la Producción (Produce), sin anotar que la misma declara improcedente el pedido de anular el ordenamiento pesquero presentado por el Sindicato Único de Pescadores de Nuevas Embarcaciones del Perú (SUPNEP).

El procurador en materia constitucional, Luis Huerta, dijo en defensa de Produce que “la resolución no tiene efecto alguno”. Los representantes de la pesca industrial resaltaron la “exhortación” de la Cuarta Sala respecto a que Produce debió de enviar una ley al Congreso para que éste la aprobara.

El 21 de noviembre del 2013, la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional el numeral 2.2 del DS N°005-2012 de Produce, referente al ordenamiento pesquero, y encargó a la autoridad competente (Produce) a emitir una nueva norma sobre el tema. Así surgió el DS 011-2013-PRODUCE, que regula actualmente el ordenamiento pesquero.

Para el procurador Huerta, la Corta Suprema es clara en señalar que Produce debe emitir la norma, así que el asunto no debió pasar por el Congreso de la República. “En toda la sentencia, la Corte Suprema deja claramente señalado que el competente para regular el tema del ordenamiento pesquero es Produce, es decir, el Poder Ejecutivo. ¿Qué normas dicta el Poder Ejecutivo? Decretos Supremos”.

Exhortación a Produce
En tanto, la resolución de la Cuarta Sala dice lo siguiente: “(…) de acuerdo con los fundamentos expresados tanto en la Sentencia emitida por esta Sala Superior como por la Corte Suprema de Justicia de la República, respete el catalogo normativo establecido tanto por la Constitución Política del Estado como por su norma de desarrollo, por lo que la norma a dictarse debía efectuarla el Congreso de la República y no el Ministerio de la Producción. (…) Corresponde exhortar al Ministerio de la Producción la gestión de una nueva norma jurídica de mayor jerarquía”.

Huerta respondió así: “Es es algo que se le ha ocurrido a la Cuarta Sala. Esto nadie se lo ha planteado, ni nadie se lo ha pedido. Nosotros no hemos sido notificado de ningún pedido con relación a este punto. ¿A partir de qué fundamento deduce que debe ser el Congreso quien dicte esa norma? No hay ninguna referencia a ello. Su resolución contraviene lo que ha establecido la Corte Suprema”.

Aclaró que tal exhortación “no tiene efecto vinculante”. Y para reforzar la idea de que Produce es la autoridad competente, recordó que la Corte Suprema anotó que en el anterior DS N° 005 no se precisaron algunos fundamentos, por lo que pidió se subsane ese aspecto, y Produce anotó en los ‘considerandos’ del nuevo DS N° 011-2013-PRODUCE lo solicitado.

En este sentido, Produce hizo un llamado a “no generar inestabilidad con información que no se ajusta a derecho y que no es responsable a pocos días del fallo de la Haya”.

“Todo el fallo de la Corte Suprema está orientado a decirle a Produce: ‘es tu competencia regular el ordenamiento pesquero, pero tienes que cumplir tales requisitos que exigen la ley general de pesca’. Y eso hizo”, dijo Huerta, sin antes precisar que apelarán la resolución de la Cuarta Sala Civil solo para mostrar su inconformidad y comunicárselo a la Corte Suprema, pues no tiene ningún efecto legal.

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