Como se sabe, el último 17 de setiembre se derogó el aporte obligatorio de los independientes a la AFP o a la ONP. Pero, ¿qué hacer si ya emití un recibo con retención de aportes de pensiones?
¿Se puede recuperar el monto aportado? Según el abogado laboralista Germán Lora, lo más probable es que en el caso de las AFP la devolución sea solo de los aportes y no de la comisión, ni del seguro que pagaron los trabajadores.
No obstante, si bien el trabajador puede elegir la devolución de los aportes, la ley no precisa ni la fecha de inicio, ni la forma de la devolución. Por su parte la SBS aseguró que estará a atenta a la reglamentación del MEF para que proceda con la devolución en el menor tiempo posible.
El recibo
Si un trabajador ha realizado el servicio en el mes de agosto pero aún no se le ha cancelado, César Puntriano, director del Área Laboral de PricewaterhouseCoopers (PwC) de Perú, apuntó que lo más recomendable cambiar el recibo por otro, para que al trabajador no se le realicen las retenciones por aportes de AFP u ONP.
Por último, si el trabajador ha prestado sus servicios desde el día 18 de setiembre, el recibo se puede emitir sin retención de los aportes ya que estos han vuelto a ser voluntarios.