Los trabajadores que están en planilla y laboran más de cuatro horas a la semana tienen derecho a 30 días de vacaciones por cada año de trabajo. Si una persona no quisiera tomarlos completos, podría obtener un beneficio económico.
En el Perú exista una figura a la que se le denomina “venta de vacaciones”, por el cual el descanso físico vacacional puede reducirse de 30 días a 15 días con la
respectiva compensación económica por los días laborados.
De acuerdo con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), para lograrlo debe existir un acuerdo escrito entre el trabajador y el empleador.
Con ello los 30 días de descanso se reduciría a solo 15 y los otros 15 días se laborará con normalidad.
Esta situación permite que el trabajador reciba el pago normal de una remuneración completa, como si hubiese descansado los 30 días completos, pero adicionalmente recibirá la remuneración por los 15 días vendidos.
Es decir, la “venta de vacaciones” le permitirá recibir al trabajador un pago por 45 días de trabajo en el mes de sus vacaciones, a cambio de reducir sus días de descanso a la mitad.
¿Qué ocurre si no tomo vacaciones el año que me corresponde?
Según el MTPE, si un trabajador no toma las vacaciones en el año que le corresponde, el empleador debe pagar una remuneración por el trabajo realizado, otra por el descanso vacacional adquirido y no gozado, y adicionalmente una
indemnización equivalente a una remuneración por no haber disfrutado
del descanso.
“En la práctica se abonan solo dos remuneraciones ya que la remuneración por haber laborado en vacaciones se entiende que se pagó oportunamente”, precisó el ministerio.
A este tipo de pago suele denominar la “triple vacacional”.