¿Quiénes podrán pagar menos impuestos con la deducción adicional de hasta 3 UIT?

Desde este año los trabajadores podrán aplicar una deducción adicional al calcular el pago del Impuesto a la Renta si es que sustentan pagos en cinco rubros de gastos.

Gestion.pe

El Gobierno ha dispuesto que desde este año los trabajadores puedan pagar menos Impuesto a la Renta (IR) si es que sustentan ciertos rubros de gastos.

¿Quiénes podrán beneficiarse de este nuevo sistema?

El abogado tributarista Jorge Picón explicó que la nueva normativa está dirigida tanto a los trabajadores en planilla (que generan rentas de quinta categoría) como también a los trabajadores independientes (rentas de cuarta categoría).

Asimismo, cabe recordar que hasta cierto límite de ingresos, los trabajadores no pagan el IR. Así, en el caso de los trabajadores independientes, quienes este año ganen hasta S/ 2,953 no pagarán el impuesto. Y en el caso de los trabajadores en planilla el sueldo tope de referencia será de S/ 2,025.

“Para las personas en planilla y que ganan alrededor de dos mil soles hacia abajo, nada cambiará. La nueva norma beneficiará para quienes (en planilla) ganen de dos mil hacia arriba sin ningún límite. Por ejemplo quienes ganen diez mil dolares en planilla podrán usar este beneficio”, refirió Picón.

En el caso de los trabajadores independientes la norma beneficiará a quienes ganen más de S/ 2,953 al mes.

Cálculo del IR
Se determina primero sumando todos los ingresos en el año y se deduce (resta) el valor de 7 UIT (S/ 28,350). A esa diferencia se le aplica la tasa del IR (los independientes tienen una deducción adicional del 20% de su ingreso anual).

Desde este año los trabajadores podrán deducir hasta 3 UIT adicionales (S/ 12,150) si es que sustentan gastos en ciertos rubros.

Cinco rubros de gastos
Los gastos que se podrán sustentar para aplicar la deducción adicional de 3 UIT son:

-El pago por alquiler de un inmueble. Se deducirá el 30% del pago de alquiler.

-Los intereses de un crédito hipotecario tomado en la compra de una primera vivienda.

-Los honorarios profesionales de médicos y odontólogos por servicios de renta de cuarta categoría. Se deducirá el 30% del pago de estos servicios.

-Las aportaciones a EsSalud por la contratación de un trabajador del hogar.

-El pago de servicios de profesiones y oficios vías rentas de cuarta categoría (recibos por honorarios). Se deducirá el 30% del pago realizado. Para conocer la lista de profesiones u oficios cuyos pagos servirán para aplicar la deducción puede hacer click aquí.

Para conocer más detalles sobre este tema aquí puede acceder al video completo de la entrevista:

Recuerde que todas las semanas Gestión.pe transmitirá en vivo a través de su Facebook una entrevista sobre distintos temas de interés económico donde el público podrá hacer sus consultas en vivo.

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