Sobreventa de pasajes aéreos es una infracción al Código del Consumidor, alerta Indecopi

Ivo Gagliuffi, presidente del Indecopi, detalló que lo usuarios tienen la posibilidad de denunciar esta mala práctica comercial como falta de idoneidad y serán los órganos funcionales que decidirán, si sanciona o no a la empresa.

La sobreventa de pasajes aéreos, conocido popularmente como overbooking, de acuerdo al Código de Protección al Consumidor es considerada como una infracción, brindando la posibilidad al usuario de servicios aéreos denunciar esta práctica ante el Indecopi, alertó el presidente de este ente Ivo Gagliuffi.

“Existen dos regulaciones en relación a la sobreventa de pasajes aéreos. La primera es la Ley de Aeronáutica Civil y la de Protección al Consumidor. En la primera, se indica que la sobreventa de pasajes esta permitido, pero cuando ocurre las compañías aéreas tienen que compensar al pasajero con alimentación, hospedaje o económicamente”, detalló.

Mientras que para la Ley de Protección al Consumidor los “overbooking” están mal, debido a que fija un servicio no idóneo. “Para Indecopi esta práctica es una infracción”, remarcó.

“Los usuarios pueden denunciar estas prácticas como falta de idoneidad y serán los órganos funcionales de Indecopi que decidirán, si se las sanciona o no”, refirió. “La posición jurisprudencial por lo menos lo que he visto en los últimos años es considerarla como una infracción”, reitero.

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