Sepa cómo evitar las multas si no cumple la cuota para contratar personal con discapacidad II

Especial TU DINERO. Iniciado una fiscalización laboral el empleador debe probar documentariamente cuatro requisitos para no ser multado.

Iniciado un procedimiento administrativo sancionador, explica el laboralista César Puntriano, socio de PwC, el empleador está obligado a cumplir con la cuota de contratación de personal con discapacidad podrá exonerarse de la multa acreditando de manera fehaciente lo siguiente:

a) No haber generado, en el año, nuevos puestos de trabajo o vacantes por cubrir acreditando que el número de trabajadores y los trabajadores son los mismos a los registrados en la Planilla Electrónica el año anterior o que el número de trabajadores disminuyó sin haberse convocado nuevos trabajadores para cubrir vacantes.

b) En caso de haberse generado vacantes en el año, deben concurrir los siguientes motivos:

[Etiqueta]

[Etiqueta]

[ LEA TAMBIÉN: Conozca las excepciones de la empresa para contratar personal discapacitado ]

Más del Especial Tu Dinero:

RELACIONADAS

ÚLTIMA HORA ver todas

BLOGS ver todos

Revolución digitalPablo Bermudez

Bye bye Dubai... ¡Bienvenido NEOM! (1 de 3)

Herejías EconómicasGermán Alarco

Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PED...

El Vino de la Semana

Pisco, amor por el Perú

Te lo cuento fácilAlumnos de la Universidad del Pacífico

Guerra en Ucrania: un breve análisis del fac...

Economía para todosCarlos Parodi

Estados Unidos y China

WALL STREET VER TODOS

Será noticia

JOSÉ ANTONIO MONTENEGRO