Recomendaciones para evitar contingencias tributarias ante la Sunat

Personas que no puedan justificar el crecimiento de su patrimonio personal significará la obligación de pagar el Impuesto a la Renta supuestamente omitido, incluso teniendo multas e intereses moratorios, bajo las tasas de las rentas de trabajo, advirtió Indira Navarro de TyTL Abogados.

La Sunat viene realizando labores de fiscalización a personas naturales con la finalidad de detectar inconsistencias (diferencias) entre los ingresos declarados y los consumos que realizan, los que regularmente derivan en signos exteriores de riqueza, informó Indira Navarro, socia principal del área tributaria de Torres y Torres Lara (TyTL) Abogados.

“La Sunat se ha propuesto reducir la evasión fiscal y a diferencia de otros años, actualmente posee información más precisa, gracias a la tecnología y soporte en otros contribuyentes, por ejemplo, entidades del sistema financiero y notarías”, añadió.

Sin embargo, advirtió que esta situación preocupa a las personas naturales que no se encuentran en capacidad de justificar sus incrementos patrimoniales, al no contar con un adecuado conocimiento de sus obligaciones tributarias para la declaración y tributación oportuna sobre sus ingresos.

“El escenario se agrava cuando la persona natural pretende sustentar los ingresos que le permitieron efectuar tales adquisiciones, apoyándose en documentos que las mismas normas tributarias no admiten como prueba, por ejemplo, en contratos de préstamo o actas de donación sin fecha cierta, entre otros”, manfestó.

En ese sentido, consideró importante saber que al no poder justificar el crecimiento de un patrimonio personal significará la obligación de pagar el Impuesto a la Renta supuestamente omitido, incluso teniendo multas e intereses moratorios, bajo las tasas de las rentas de trabajo.

Para evitar situaciones de este tipo, la especialista en Derecho Tributario brindó las siguientes recomendaciones:

1. Evaluar si está declarando todos sus ingresos debidamente, ya que de no hacerlo, la Sunat presumirá que si gasta más de lo que gana, no los estaría declarando en su totalidad.
2. Revisar la documentación sustentatoria y la normativa para validar que los documentos sean admitidos por la Administración Tributaria.
3. Respetar los plazos otorgados por la SUNAT para elaborar los descargos respectivos.
4. Debe asesorarse con especialistas, más vale prevenir que lamentar.

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