El registro de la marca de una empresa en el Indecopi, puede no ser valorado en su real dimensión. Gestion conversó con Jimena Carrera, abogada de León e Iparraguirre Abogados, respecto a su necesidad y requisitos:
1. Oportunidad
El registro de la marca, explica Carrera, identificará los productos y/o servicios de una empresa en el mercado, debe hacerse antes de realizar cualquier inversión para poner en marcha el negocio, por dos razones fundamentales:
a) Evitará que terceros utilicen la marca
b) Evitará que terceros se adelanten y la registren a su favor, pues de ser así, la empresa podría ser denunciada por infracción a los derechos de propiedad intelectual por quien obtuvo previamente el registro, obligándola a cambiar su marca, lo cual podría incluso comprometer significativamente sus recursos.
2. Elección de la marca
Asimismo, señala, la marca debe ser distintiva, es decir, debe permitir al consumidor o usuario identificar claramente los productos y/o servicios con una empresa determinada y, al mismo tiempo, diferenciarla de los demás competidores en el mercado. Para ello, se sugiere optar por un nombre fácil de pronunciar y recordar, que de una idea de lo que identifica y sobre todo, que sea original para tener más probabilidades de ser registrado.
3. Búsqueda de Antecedentes de la marca
Antes de iniciar el trámite de registro, indica, se sugiere efectuar una búsqueda de antecedentes ante la Dirección de Signos Distintivos del Indecopi, de tal manera que se pueda conocer de antemano si se encuentran registrados o en proceso de registro signos distintivos que podrían constituir un obstáculo para obtener el registro de la marca. Ello permitirá ahorrar tiempo y costos, pues de no ser viable el registro de la marca escogida, se podrá optar por otra sin incurrir doblemente en gastos.
4. Registro de la marca
El procedimiento de registro de la marca se inicia ante la Dirección de Signos Distintivos del Indecopi, anota Carrera, llenando y presentando un formato de solicitud de registro, al que se le asignará un número de expediente y donde se deberán consignar principalmente, los datos generales del solicitante, marca, clase donde se desea registrar y los productos o servicios que identificará. La autoridad cuenta con un plazo máximo de 180 días hábiles para resolver el expediente, pudiendo otorgar o denegar el registro de la marca. En este último caso y de considerarlo conveniente, el solicitante podrá interponer recursos impugnativos, los cuales serán resueltos por la Sala Especializada en Propiedad Intelectual del Tribunal del Indecopi.
5. Inversión
La inversión que debe realizar una empresa para el registro de su marca, considerando los costos de búsqueda de antecedentes, registro de marca y publicación de la solicitud de registro en el Diario Oficial El Peruano, por lo general, no supera los S/ 800.00,estima la abogada.
6. Protección Territorial
El titular de una marca registrada podrá ejercer sus derechos exclusivos únicamente dentro del territorio donde obtuvo el registro. En caso de tener interés en utilizarla en otros países, deberá registrarla en cada uno de estos territorios, sometiéndose a las disposiciones que éstos señalen, recomienda.
7. Beneficios
El registro de una marca concede a su titular múltiples beneficios, entre los cuales se encuentran principalmente los siguientes:
a) La empresa se convierte en propietaria de la marca, correspondiéndole usarla de manera exclusiva en el territorio donde se obtuvo su registro, de tal manera que aquellas empresas o personas interesadas en la marca, deberán solicitar previamente autorización para usarla.
b) Concede a la empresa la protección de la marca en el territorio donde obtuvo su registro.
c) Permite a su titular explotarla económicamente, pudiendo conceder licencias de uso a personas o empresas interesadas a cambio de una contraprestación y otorgar franquicias para tener presencia en territorios donde directamente no le interesa incursionar.
d) Permite acceder al crédito bancario, otorgando la marca como garantía.
e) La marca aumenta el valor de empresa, pues constituye un activo intangible de ésta.
f) Genera mayor confiabilidad en el consumidor o usuario al momento de adquirir los productos o servicios.
g) Permite a su titular iniciar acciones legales cuando se haga uso de su marca o se la imite sin su autorización.
8. Vigencia
El registro de una marca tiene una vigencia de 10 años, pero este período que puede ser renovado sucesiva e indefinidamente.
9. Defensa de la marca frente a terceros
Finalmente, anota Carrera, ante un uso indebido o no autorizado de una marca, el titular podrá presentar una denuncia ante la Comisión de Signos Distintivos del Indecopi, la cual podrá, entre otras medidas, sancionar al infractor imponiendo una multa de hasta 150 UIT (S/ 592,500); y el titular (por lo general la empresa) podrá solicitar el reembolso de los gastos (pago de tasas administrativas y honorarios de abogados) incurridos en el procedimiento.