La Ley Nº30296 establece de manera excepcional y temporal el Régimen Especial de Recuperación Anticipada (RERA) del IGV para fomentar la adquisición, renovación o reposición de bienes de capital.
Flor Abad, gerente comercial del Grupo Siglo, explica que uno de los requisitos para gozar del RERA es no tener la condición de no habido o no hallado. Además, es importante que se encuentren inscritos como microempresas en el Remype.
Mira en el video (arriba) la edición N° 86 del programa del Grupo Siglo y Gestión TV. Mira las ediciones anteriores aquí.