Gratificaciones: si empresas no hacen pago serán multadas hasta con S/. 192,000

Plazo para realizar el depósito vence este martes 15 de diciembre. Sunafil advirtió que sanciones se darán si el pago no es completo o si hay retraso en el depósito.

Este martes 15 de diciembre vence el plazo para que los empleadores realicen el pago de las gratificaciones correspondientes a la Navidad, para los trabajadores contratados bajo el régimen laboral de la actividad privada a nivel nacional.

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) advirtió que no pagar íntegra y oportunamente las gratificaciones configura una infracción grave en materia de relaciones laborales y los empleadores podrían ser sancionados, en caso de una empresa No Mype, desde las 3 UIT, equivalentes a S/. 11,550, hasta las 50 UIT, es decir S/. 192,500.

En caso se tratase de una pequeña empresa la sanción iría desde 1 UIT (S/.3,850) hasta las 10 UIT (S/. 38,500).

Para una microempresa, las multas van desde 0.25% de la UIT (S/.962) hasta una 1 UIT (S/.3,850).

Cálculo de gratificaciones
Es un beneficio social de carácter obligatorio, que consiste en otorgar a los trabajadores una remuneración adicional con ocasión de la celebración por Fiestas Patrias y otra por Navidad.

El tiempo de servicios para el cálculo se determina por cada mes calendario completo laborado en el periodo correspondiente. Los periodos computables son los semestres de enero-junio y julio-diciembre.

Los trabajadores de la actividad privada tienen derecho a percibir este beneficio, sean contratados a plazo indeterminado, sujetos a modalidad o de tiempo parcial. También tienen derecho los socios trabajadores de las cooperativas de trabajadores.

[LEA TAMBIÉN: ¿Cómo invertir tu gratificación de la mejor manera?]

En el régimen laboral especial para la pequeña empresa, así como en el régimen laboral de los trabajadores del hogar se pagan las dos gratificaciones cada una equivalente al 50% de una remuneración mensual. En el régimen laboral del sector Agrario, el monto que corresponde se incluye en la remuneración diaria que los trabajadores perciben.

Gratificaciones sin descuentos
De acuerdo con la ley N°. 30334, de junio del presente año, se estableció la exoneración permanente de descuentos a las gratificaciones legales.

Lo que significa que en julio y diciembre no se descontará al trabajador el 13% de los aportes que iban al sistema de pensiones y se le entregará el 9% de la contribución que pagaba el empleador a Essalud, bajo el concepto de “bonificación extraordinaria” de carácter temporal, no remunerativo ni pensionable.

Inspecciones
Durante el periodo abril 2014 hasta octubre 2015, Sunafil ha realizado 68,438 inspecciones comprendiendo a 1,276,729 trabajadores, en materias sociolaborales, seguridad y salud en el trabajo y derechos fundamentales.

“Se logró incorporar en planillas a 6607 trabajadores”, subrayó.

Respecto de las gratificaciones, Sunafil ha realizado más de 13,400 fiscalizaciones en la materia relacionada a este pago.

[LEA TAMBIÉN: Gratificación: ¿Cómo puede ayudarme a darle valor a mi propiedad?]

ÚLTIMA HORA ver todas

BLOGS ver todos

Revolución digitalPablo Bermudez

Bye bye Dubai... ¡Bienvenido NEOM! (1 de 3)

Herejías EconómicasGermán Alarco

Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PED...

El Vino de la Semana

Pisco, amor por el Perú

Te lo cuento fácilAlumnos de la Universidad del Pacífico

Guerra en Ucrania: un breve análisis del fac...

Economía para todosCarlos Parodi

Estados Unidos y China

WALL STREET VER TODOS

Será noticia

JOSÉ ANTONIO MONTENEGRO