Las empresas privadas tienen como plazo hasta el viernes 15 de noviembre para depositar a sus trabajadores el segundo pago anual de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Las firmas que no cumplan con esa obligación podrían ser sancionadas hasta con S/.37 mil, indicó el abogado laboralista Jaime Cuzquén.
“Las multas oscilan entre S/.18 mil y S/.37 mil, dependiendo del número de trabajadores afectados por el incumplimiento del pago”, manifestó el especialista a Canal N.
No obstante, agregó que el próximo año, con la implementación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), se aplicarían multas que podrían llegar a los S/.600 mil.
Respecto al monto a depositarse, indicó que el cálculo de la CTS se realiza en función al sueldo que se percibe más un sexto de la gratificación, para luego dividirlo por 12 meses y multiplicarlo por seis meses. Por ejemplo, si una persona tiene un sueldo mensual de S/.1,200, le corresponde recibir S/.700 de CTS.
DATO
Como se recuerda, las seis primeras remuneraciones por CTS son intangibles y solo una parte del excedente se podrá retirar.