Muchas personas y empresas mantienen deudas con entidades financieras y compañías a través de títulos valores como letras y pagarés. Pero lo que desconocen es que al no cumplir con sus pagos, dichos documentos pueden ser protestados.
Por ello, la jefa del Registro Nacional de Protestos y Moras de la Cámara de Comercio de Lima, Milagros Longa, explica los alcances de dicho registro y la importancia de que las personas regularicen los títulos valores protestados.
El Registro Nacional de Protestos y Moras (RNPM) tiene como función registrar y regularizar las moras de títulos valores como letras, pagarés, facturas conformadas, facturas negociables, warrants, entre otros.
La base de datos del registro mantiene información de cinco años de los protestos a nivel nacional. Dicha base tiene información reportada de las notarías, bancos, Poder Judicial y cámaras provinciales, detalló Longa.
Es de suma importancia regularizar los títulos valores protestados pues un mal registro afecta directamente el crédito de la persona, enfatizó la ejecutiva.
“Si alguien presenta títulos valores protestados, eso refleja morosidad en las personas o empresas”, dijo.
Sin embargo, hay muchas empresas y personas naturales que desconocen la relevancia de regularizar sus protestos, pues honran la deuda con la casa comercial o con los bancos, pero no se acercan al Registro Nacional de Protestos y Moras a regularizar su situación.
Luego, cuando se acercan a una entidad financiera, esta no les aprobará un crédito pues aún presentan mora.
Además, si las personas no levantan los protestos, esto es reportado a las centrales de riesgo y no serán sujetos de crédito por tener un record negativo, señaló Longa.
A continuación, detalló los pasos para levantar un protesto.
Primero, la persona o empresa debe acudir a la Cámara de Comercio de Lima con una carta del acreedor, en la que certifique que ya no mantiene deuda referida al título valor protestado.
Esa carta viene firmada por el representante legal de la empresa acreedora, y se anexa su ficha RUC.
Si la persona no tuviera la carta, puede acercarse con el título valor ya cancelado pues cuando honra la deuda el acreedor le hace la devolución del título.
Además, se necesita el DNI de la persona que realizará el trámite (puede ser un tercero).
Y hay un pago por derecho de regularización, que varía entre S/. 45 y S/. 105, dependiendo del título protestado.
Tras estos pasos, y al culminar el proceso, se entregará al deudor un comprobante de regularización con el título valor sellado por el Registro Nacional de Protestos y Moras.
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