1. Gastos con sustento
La Sunat viene siendo muy exigente en el sustento en la causalidad del gasto, por lo que las empresas además de tener las facturas deben sustentar la operación con el contrato e información complementaria para que la Sunat pueda confirmar que se recibió el servicio, explicó Mena.
Actualmente, se pide el sustento no tanto en compra de bienes que es más tangible y fácil de demostrar, sino en el gasto que sustenta los servicios recibidos, detalló.
La causalidad, es un gasto necesario para generar el ingreso de la empresa; en tanto, la fehaciencia, es la demostración y documentación que en realidad se realizó el gasto, explicó.
Sin embargo, existe para algunos fiscalizadores de la Sunat una confusión entre causalidad y fehaciencia.
2. Libros contables firmados por el representante legal de la empresa y el contador
El cumplimiento de esta norma es difícil en la práctica, ya que existe una cantidad importante de libros que son exigentes en la cantidad de datos, como el inventario y balance, la recomendación a los contadores es que cada mes se impriman los libros contables y además llevarlos a la gerencia, para ser firmados.
3. Libros contables electrónicos
La Sunat exige desde junio de 2012 a julio de 2013, a los contribuyentes con ventas mayores a 500 UIT (S/. 1.9 millones) usen los libros contables electrónicos, para lo cual deben adaptar sus sistemas y evitar contingencias.
Un punto de referencia, respecto al costo promedio de esta implementación en el caso de una empresa mediana, es de US$ 5,000 en un plazo de tres meses, aseguró Mena.
Y aunque los principales contribuyentes ya están obligados en determinados libros compras, ventas, diario y mayor, sin embargo, la Sunat recién empezaría una fiscalización desde el 2015.
4. Inventarios
Es importante que las empresas establezcan adecuadamente sus inventarios para sustentar las pérdidas.
En el caso de una merma, se requiere contar con un estudio técnico de merma ya que del contrario serán acotados por el fisco, dijo Mena.
Asimismo, en el caso de un desmedro, en donde se deba realizar un destrucción del bien, debe ser acompañado por una prueba notarial, y firmados por el representante legal. Las entidades deben tener los controles del caso y para establecer el gasto deducible, añadió.
5. Estudios técnicos de precios de transferencia
Se debe sustentar el valor de los bienes o servicios de las operaciones entre empresas vinculadas con estudio técnico de precios de transferencia, que garanticen que las transacciones se realizaron a valor de mercado, ya que en caso contrario pagarán el Impuesto a la Renta por el valor de ese diferencial, apuntó.
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