Edgar Ortiz, miembro de la comisión Ad Hoc para la devolución de los aportes al Fonavi informó que la lista del primer grupo de beneficiados ya se encuentra disponible en el portal institucional * www.fonavi-st.gob.pe *.
A continuación, revise las principales preguntas que podrían surgir con la devolución de los aportes al Fonavi:
¿Quiénes serán considerados para la primera lista de devolución?
La prioridad la tendrán aquellas personas mayores de 65 años de edad y discapacitados. En las siguientes listas, se podrían agregar o modificar el número de beneficiados de manera semestral, indicó Ortiz.
¿Cuándo empezará el abono de dichos montos?
La primera lista empezará a ser abonada el 19 de enero.
¿Cómo puedo enterarme si formo parte del primer padrón?
Cualquier persona podrá acceder a la información a través de los portales www.fonavi-st.gob.pe o www.fonavi-st.pe. Además, podrán hacer uso de manera gratuita del teléfono 317-8888.
No es necesario acudir a algún local como el Banco de la Nación. Ortiz recomendó recurrir a las fuentes oficiales como las descritas arriba.
Y si formo parte de la primera lista, ¿qué me espera?
El miembro de la comisión Ad Hoc del Fonavi afirmó que aquellos beneficiados con la devolución de los aportes recibirán una notificación a su domicilio con el certificado de reconocimiento de aportaciones y derechos.
En dicho certificado se dará el detalle de los montos y periodos aportados. Cabe resaltar que dicha información no estará disponible en la página web.
¿Qué hago frente a un error de montos aportados?
Si el aportante considerara que los periodos o montos descritos en el certificado no son los correctos, deberá dirigirse a la Comisión Ad Hoc del Fonavi describiendo la información adecuada.
Ortiz subrayó que dicha información ha sido cruzada con la que tiene el Estado. Asimismo, resaltó que si dicha notificación no llegó al domicilio también deberá comunicarse al teléfono 317-8888.
Las personas encargadas se pondrán en contacto con la persona perjudicada y agilizarán el proceso para que llegue el documento a su destino.
En el caso de discapacitados, ¿a qué fuentes han acudido para cruzar la información?
Ortiz informó que han recurrido al Registro Nacional de Personas con Discapacidad como fuente oficial.
Si no logré inscribirme para el primer padrón, ¿podré hacerlo después?
Por supuesto, las inscripciones se abrieron al siguiente día de emitida la sentencia del Tribunal Constitucional. Los que no lograron inscribirse tendrán hasta el 2018 para proceder con dicho proceso. Los pagos se harían cada año a medida que se vayan inscribiendo.
¿Existe algún costo por el trámite?
Ortiz detalló que no existe ningún costo administrativo por el trámite de devolución, ya que será de manera gratuita. Además, recordó que luego de recibida la notificación, la persona deberá acudir al Banco de la Nación portando su documento de identidad (DNI) para reclamar el pago de los aportes.
Si el aportante falleció, ¿quién recibirá las aportaciones?
Si el beneficiario titular falleció, los familiares tendrán el derecho de solicitar dicha devolución de aportes como herederos legales.
Si no cumplo con el rango de edad (soy menor de 65 años), ¿qué debo hacer?
Aquella persona que no cumpla con el rango de edad, tendrá que esperar la publicación de la siguiente lista prioritaria.
Si Ud. accedió al portal, debería figurar la primera pantalla así:
Luego, accederá a la consulta del padrón:
Si no forma parte de la primera lista, se mostrará el siguiente cuadro: