Siempre existe incertidumbre entre los trabajadores sobre el plazo máximo que tienen las empresas para realizar el pago de sus utilidades. Y es que según explica el laboralista César Puntriano, existen dos plazos: el “oficial” y el “habitual”.
En el primer caso, la legislación laboral establece que las empresas están obligadas a repartir utilidades a sus trabajadores en un plazo máximo de hasta 30 días calendario después de la fecha en que realizaron el pago de sus impuestos.
No obstante, Puntriano precisa que más del 90% de las empresas reparte las utilidades antes de pagar sus impuestos, pues así podrán deducir este pago como gasto al momento de pagar sus tributos. Este es el plazo “habitual”. Para este año, el plazo para que las empresas paguen sus impuestos vence entre el 24 de marzo al 8 de abril, según el número de RUC de la empresa.
Entonces, el plazo “habitual” para el pago de utilidades será días antes de esas fechas, y como máximo el 8 de abril. “La mayoría de empresas reparten las utilidades con una semana de anticipación a la fecha límite del pago de impuestos, por lo que desde esta semana algunas empresas ya están haciendo el pago de las utilidades a sus trabajadores”, subrayó Puntriano, director del Área Laboral de PwC.
¿Qué empresas deben pagar utilidades? El reparto es obligatorio para las empresas que generen rentas netas de tercera categoría, y siempre que tengan más de 20 trabajadores. ¿Y si no hubo utilidades el 2014?
Puntriano explica que en esos casos las empresas informan a sus trabajadores con anticipación que el año anterior no se generaron utilidades y explican los motivos. En caso no informen, el trabajador tiene derecho a preguntar y pedir a la empresa que proporcione la información que demuestre la no generación de utilidades el año anterior.
Al momento de calcular el pago de utilidades de un trabajador, el 50% del monto estará en función a los días laborados y el otro 50% se calcula en función de su remuneración.