En un entorno tan digitalizado come el que estamos viviendo y con miles de canales de información entre nosotros, el googlearse a uno mismo es una práctica necesaria.
Con este pensamiento en mente, el español Mario Costeja González hizo lo propio en el 2009 y encontró que Google proveía datos de dos anuncios sobre una subasta de inmuebles que tenían relación con deudas. Esos procesos tuvieron lugar hace más de una década y ya había sido completamente resuelto.
Quizás a algunos este tipo de información no los hubiera molestado, pero a Costeja no le pareció relevante el que esos datos fueran públicos y siguieran en línea más de diez años después.
Se dirigió a Google para pedir que quitaran la información pero no tuvo éxito, así que llevó su caso a los tribunales.
En resumen, fueron quince años de juicios y de visitas constantes a diferentes tribunales que terminaron en un fallo a favor del denunciante.
“En su sentencia de este martes, el Tjue (Tribunal de Justicia de la Unión Europea) señala que una persona puede pedir que se retiren enlaces a una información porque desea que “se olvide después de un cierto tiempo” y establece que, si se comprueba que ésta incumple los derechos reconocidos en la legislación europea de protección de datos, los vínculos deberán ser eliminados, según un comunicado”, informa el portal Vanguardia.com.
Lo que quiere decir este fallo, es que Google no puede imponer sus intereses comerciales por encima del “derecho al olvido” que tiene Costeja. A partir de ahora, el famoso buscador deberá eliminar los datos que el usuario afectado no considera relevantes.
La Tjue ha extendido este fallo a todos los países de la Unión Europea, por lo que cualquier ciudadano se puede acoger a esta medida. Si la persona requiere que ciertos datos sean “olvidados” por el buscador (sea Google, Yahoo, Bing o cualquier otro), primero tendrá que enviar la solicitud a la empresa para que lo analice. Si la respuesta es negativa, la persona puede acudir a los tribunales para que se analice el caso y llegar a una solución.
Por supuesto, esta medida tiene límites, ya que la petición de olvido será analizada en base “al papel que la persona desempeñe en la vida pública”.
Por su parte, voceros de Google han declarado estar muy decepcionados con el resultado de este largo proceso. “Según la directora de Asuntos Legales de Google España, María González, no parece lógico que los motores de búsqueda tengan que retirar enlaces a información pública, cuando no lo hacen los propios responsables de los contenidos, y además teniendo en cuenta que se puede acceder a los mismos por muchas otras vías. Agregó que la tarea de indexar no es exclusiva de buscadores tipo Google sino que desde internet cualquiera puede hacerlo” informa Vanguardia.com
DEBATE
A raíz de este caso, ya se ha formado un debate que contiene la palabra “censura” en medio. Por un lado, muchas personas apoyan el fallo de los jueces, pero otros también creen que es uno mismo quien debe controlar la información que brinda en la web.
En el otro extremo, existen quienes creen que esta es una forma de censurar la información. Para Marc Sala, redactor del portal Alt1040, “es inútil legislar en este sentido con la excusa del “derecho a la privacidad” porque son cosas diferentes. Lo que la UE está haciendo es un “derecho al silencio de los demás” y eso, en mi humilde opinión, se llama censura”, publica en el portal.
¿Qué opinas del caso y de la repercusión social de este fallo?