Hoy se publicó en Normas Legales la Ley 30472, promulgada por el Congreso de la República, la cual dispone la creación, implementación, operación y mantenimiento del Sistema de Mensajería de Alerta Temprana de Emergencias (SISMATE).
Este será un sistema centralizado de comunicación masiva, cuya finalidad será orientar a la población, de forma sencilla y clara, así como de manera previa, concurrente y posterior a la ocurrencia de un desastre o una situación de emergencia, utilizando las redes y servicios públicos de telecomunicaciones.
Asimismo, la ley indica que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones estará a cargo de la implementación, operación y mantenimiento del SISMATE y para ello usará recursos de financiamiento de su cartera.
“El Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) definirá el contenido de los mensajes de alerta a la población objetivo, así como dispone oportunamente la difusión de los mensajes de alerta a la población a través del SISMATE”, agrega la norma.
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Además indica que corresponderá a los titulares de las concesiones para prestar los servicios públicos de telecomunicaciones realizar las adecuaciones que resulten necesarias para la instalación del equipamiento (hardware y software) que garanticen una adecuada conectividad y transmisión de los mensajes del SISMATE.
Las compañías de telecomunicaciones estarán “prohibidos de cobrar al usuario o abonado concepto alguno por la transmisión de los mensajes de alerta del SISMATE”, subraya la ley.
Finalmente, indica que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones reglamentará la citada ley en un plazo de 45 días.