Con la finalidad de asegurar el pago de la reparación civil en caso un vehículo haya generado lesiones o muertes en un accidente, el Gobierno emitió hoy el Decreto Legislativo 1190, el cual faculta a los jueces a embargar a los vehículos involucrados en el accidente.
“El fiscal, de oficio o a solicitud de parte, puede solicitar al juez el secuestro conservatorio de vehículos motorizados del imputado o del tercero civilmente responsable, que implica la desposesión física del bien y su entrega a un custodio”, señala la norma.
Agrega que el juez en esos casos, sin trámite alguno, designará a un custodio del vehículo, que no podrá ser el propio imputado o tercero civilmente responsable.
“El imputado o tercero civilmente responsable puede solicitar la variación de la medida, ofreciendo garantía o bien que de igual manera permita asegurar el pago de la reparación civil”, agrega el decreto.
Asimismo refiere que si como consecuencia del hecho el vehículo resulta dañado considerablemente, el fiscal deberá identificar otro bien mueble del imputado o tercero civilmente responsable que permita asegurar de manera proporcional el pago de la reparación civil.