Novak: “Un texto escolar no es ninguna fuente del derecho internacional”

El exviceministro de Defensa, Fabián Novak, explicó que un libro —aprobado o no por el Ministerio de Educación— aunque fije límites marítimos con fines educativos, no es un elemento en el que un tribunal pueda ampararse.

<b>Tendencias.</b> Defensa peruana sigue interpretación de textual y contexto, ampliando su gama de elementos del derecho internacional, dijo Novak.
Tendencias. Defensa peruana sigue interpretación de textual y contexto, ampliando su gama de elementos del derecho internacional, dijo Novak.

Para el exviceministro de Defensa peruano, Fabián Novak, el que la defensa chilena presentara un texto escolar peruano como parte de sus alegatos orales en la Corte Internacional de La Haya no constituye una fuente del derecho internacional que ningún tribunal pueda usar para fallar según lo que señale.

“Puede ser un argumento efectista decir que un texto escolar —reconocido o no por el Ministerio de Educación— estableciese límites, pero lo cierto es que no es ninguna fuente del derecho internacional en el que un tribunal se pueda amparar”, detalló el especialista.

Con esto, Novak respondería a lo señalado hace unos días por Alfredo Moreno, Canciller de Chile, quien justificó la presentación del libro “Escuela Nueva”, aduciendo que tuvo que ser aprobado por el Gobierno peruano para ser publicado.

“El artículo 38 de la Corte Internacional de Justicia señala cuáles son las fuentes en las que se basa: tratados, costumbres y principios generales del derecho. La pregunta es, ¿dónde están los textos escolares ahí?”, cuestionó Novak, uniéndose así a la opinión del jurista Juan Velit, quien calificó de “insultante” el uso de este material en La Haya.

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Novak explicó que la estrategia chilena en el tribunal internacional se basa en un método textual de interpretación. “Están buscando fundamentalmente lo que dice la letra, y como en muchos de los acuerdos se habla de ‘límites marítimos’, entonces se concluye que se trata de eso”, agregó.

Sin embargo, aseguró que el Derecho hay otro principios que “deben aplicarse para interpretar tratados”, siendo uno de ellos el llamado “principio del objeto y fin”, al cual el Perú ha recurrido.

“Esto implica —indicó Novak— que los tratados deben ser interpretados de acuerdo al objeto para el que fueron celebrados. En consecuencia, si el objeto de un tratado era el tema de pesca, pues es un tratado de pesca y no uno de límites”.

En este litigio, como en cualquier otro, queda claro que “los Estados apelan a aquellos principios que le son más favorables”, pero un tribunal tiene que aplicar todos esos principios en conjunto, subrayó el exviceministro peruano. “En ese sentido, la posición peruana es más rica porque no solo se basa en el texto, sino también en el contexto”, finalizó.

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