1. Una Superintendencia Nacional de la Universidad Peruana (Sunau) asumiría las funciones actualmente reguladas por la Asamblea Nacional de Rectores, y el Consejo Nacional de Autorización y Funcionamiento de Universidades. Este nuevo organismo sería el encargado de normar e inspeccionar la creación, el funcionamiento y el cierre de universidades de nuestro país.
2. La junta directiva de la Sunau estaría conformada por: Un representante del Ministerio de Educación, uno del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, el presidente del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, tres representantes sugeridos por las ocho universidades públicas más antiguas y otros tres propuestos por las ocho universidades privadas más antiguas. Además, los colegios profesionales designarían a un representante, y el sector empresarial a otro más. Estas personas mantendrían el cargo por siete años.
3. Dicho directorio sería el encargado de fiscalizar el uso de los recursos de todas las universidades de nuestro país. A su vez, tendría la potestad de cancelar la acreditación de las universidades públicas o privadas, incluyendo a sus facultades y escuelas profesionales. Del mismo modo, la junta directiva actuaría como un filtro para evitar que se admitan, en las planas docentes de las universidades, a personas que tengan antecedentes de terrorismo, violación sexual o tráfico de drogas.
4. La Sunau tendría la potestad de dar el visto bueno al cumplimiento de distintos requisitos. Entre ellos, que las universidades cuenten con al menos dos carreras profesionales que satisfagan las demandas que arrojen los estudios de mercado, la acreditación de un plan institucional y la capacidad de inversión o financiamiento. Esto ha generado polémica en algunos sectores del medio estudiantil, ya que muchos desconfían de que se vaya a mantener la autonomía de las universidades públicas y privadas del país.
5. La Superintendencia también estaría a cargo de supervisar los resultados emitidos por el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa. Por ello, tendría la potestad de cerrar o clausurar las universidades y facultades que no cumplan con los requisitos establecidos, y no cuenten con una estructura curricular adecuada al participar de sus procesos de evaluación.
6. El proyecto de ley también busca adquirir la potestad de anular el bachillerato automático, así como modificar los requisitos para alcanzar una licenciatura. Esto implicaría que la presentación y aprobación de una tesis universitaria sería obligatoria en todas las universidades. Al tratarse de una disposición complementaria, se respetaría un proceso de transición, por lo que los estudiantes actuales no se verían afectados.
7. Todas las universidades del país, tanto públicas como privadas, deberán darle mucha importancia al área de la investigación. A través de distintos proyectos, se verán obligadas a impulsar el desarrollo de investigaciones, que posteriormente serán evaluadas y seleccionadas. También se contempla que los gobiernos regionales destinen el 20 por ciento de sus recursos a las universidades públicas de su jurisdicción, para la investigación científica.
8. Por último, para alcanzar el cargo de rector universitario, los postulantes deberán contar necesariamente con un grado académico de doctor, y no presentar antecedentes de terrorismo, violación o narcotráfico. Además, los catedráticos, estudiantes y graduados de cada centro educativo podrán elegir a sus rectores y vicerrectores mediante un ‘voto universal’, por un periodo de cinco años. Este punto también ha despertado críticas por parte de los opositores de la ley, ya que aseguran que se politizará a las universidades.