El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundado, mediante resolución oficial, el recurso extraordinario presentado por el partido político Todos Por el Perú.
La resolución tiene los votos en mayoría de los magistrados Fernández Alarcón, Ayvar Carrasco y Rodríguez Vélez, y tuvo como fundamento central que la Resolución N.° 197-2016-JNE, emitida por el Supremo Tribunal Electoral, no vulneró el debido proceso ni la tutela procesal efectiva.
[ Lea aquí la Resolución del Pleno del JNE que declara infundado el recurso extraordinario de TPP ]
En sus votos en minoría, los magistrados Távara Córdova y Cornejo Guerrero consideraron que toda decisión de este Colegiado Electoral, que resuelve en instancia final en materia electoral, debe ser respetada por las autoridades y los ciudadanos, especialmente por los candidatos y organizaciones políticas participantes en la contienda electoral.
De otro lado, por unanimidad, mediante la Resolución N.° 261-2016-JNE, de la misma fecha, se declaró infundado el recurso extraordinario presentado por la organización política Alianza para el Progreso del Perú.
[ Lea aquí la Resolución del JNE que declara infundado el recurso de apelación de APP ]