JNE desestima pedido para que Nadine Heredia sea candidata presidencial

Según la resolución del máximo ente de elecciones en el Perú, se declara infundado el pedido de declarar improcedente el artículo que prohíbe la postulación del cónyuge del presidente en actividad.

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El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundado el pedido hecho por Jesús Gonzalo Barboza, en representación de la Asociación de Profesionales y Técnicos Nacionalistas del Perú, para que la primera dama, Nadine Heredia, pueda ser candidata presidencial.

La resolución del JNE tiene un sólo artículo de resolución del pedido, en el cual señala que es “improcedente que el JNE declare inaplicable el artículo 107 inciso E de la Ley Orgánica de Elecciones”.

Precisamente este artículo de la Ley Orgánica de Elecciones es el que prohíbe a la primera dama de ser candidata presidencial.

“El cónyuge y los parientes consanguíneos dentro del cuarto grado, y los afines dentro del segundo, del que ejerce la Presidencia o la ha ejercido en el año precedente a la elección”, precisa en el inciso E.

El jueves 30 de enero, Jesús Gonzalo Barboza presentó un pedido para que se emita una resolución administrativa que declare inaplicable el artículo 107 de la Ley Orgánica de Elecciones al caso de la primera dama, Nadine Heredia.

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