El Jurado Electoral Especial Lima Centro 1 (JEE) declaró infundados los pedidos de exclusión contra el candidato Alan García Pérez de Alianza Popular, presentados por los ciudadanos Ruth Balbuena Gutarra y Carlos Ibáñez Vignolo por haber infringido supuestamente el artículo 42 de la Ley de Partidos Políticos, en una acto proselitista.
Las solicitudes de exclusión indicaban que García entregó cerveza y premios a electores durante un evento proselitista conocido como “Festi Alan”, realizado el 14 de febrero, infringiendo la Ley de Partidos Políticos que prohíbe la entrega de dádivas o regalos en campaña electoral.
Con esta decisión y a seis días de las elecciones, el líder de Alianza Popular continúa en la contienda electoral.