Un día antes de que se cumplan cinco años de la publicación de la Ley de Consulta Previa, Fuerza Popular ingresó una iniciativa legislativa que propone que se limite su aplicación.
“En los casos que el pueblo indígena u originario haya autorizado expresamente la realización de cualquier tipo de actividad económica o productiva formal a través de contrato, convenio o acuerdo previo formal vigente, no procede la consulta previa”, refiere la propuesta impulsada por la legisladora Úrsula Letona.
Así también señala que se omitirá “cuando se cuente con autorización previa conforme a ley (…) haciéndose extensiva a todas sus etapas”.
Actualmente, la consulta es obligatoria ante medidas legislativas o administrativas que afecten directamente los derechos colectivos, identidad cultural, calidad de vida o desarrollo de los pueblos originarios. Dichas iniciativas pueden provenir del sector privado, pero también del público.
Las razones
En la exposición de motivos, Fuerza Popular advierte que a más de cuatro años de la aplicación de la consulta previa existe una incidencia negativa en la inversiones y en el desarrollo de los pueblos. Ante este panorama, plantea “modificaciones sobre aspectos puntuales”.
“Pese a que el reglamento intentó superar y aclarar algunos puntos oscuros de la norma, en la línea de que no se convierta en un obstáculo para la continuidad y ejecución de nuevos proyectos de inversión, viene sucediendo todo lo contrario, cumpliéndose el temor de algunos especialistas que veían con preocupación y recelo a esta norma”, añade.
Fuentes del fujimorismo manifestaron que la iniciativa legislativa impulsada por Letona no fue discutido en la bancada.
Cuestionamiento
Por su parte, el exviceministro de Interculturalidad Iván Lanegra calificó de “malísimo” el proyecto y refirió que es un deber del Estado hacer la consulta y no de los privados. “Es más, la ley no deja espacios para que lo haga otro”, anotó.
Incluso, indicó que la modificación que se propone tendría que pasar también por un proceso de consulta previa y lo mismo pasaría si se quisiera modificar el reglamento, pues así lo dispone la norma.
Advirtió que podría plantearse una demanda de inconstitucionalidad y hasta una demanda internacional, pues se afectarían los derechos humanos.
Además, añadió que el derecho a la consulta previa no está vigente desde el 6 de diciembre del 2011 sino desde febrero de 1995, cuando entró en vigor el Convenio 169 de la OIT. “Pues Lo que se dio en el 2011 fue (indicar) cómo sería el procedimiento” .
Lanegra consideró que hay una serie de impresiones en la iniciativa, pues no especifica, por ejemplo, a qué se refiere, cuando habla de autorización previa conforme a ley. “¿Quién dio esa autorización?”, anotó.
Dudas
La presidenta de la Comisión de Pueblos Andinos, María Elena Foronda, informó a Gestión que ya solicitó que el proyecto sea derivado a su comisión y le dará prioridad a su debate.
La parlamentaria del Frente Amplio cuestionó la iniciativa y señaló que atenta contra los derechos de las poblaciones indígenas.
“Sería un retroceso. Requiere que sea debatido y llamar a los involucrados”, expresó.
El congresista oficialista y miembro de la Comisión de Pueblos Andinos, Guido Lombardi, manifestó que si bien aún debe conocer los pormenores de la iniciativa legislativa, puso en duda de que se pueda llegar a realizar dicho cambio. “No creo que podamos dejar la consulta previa librada a la firma de un contrato”, anotó.