Empresa Salog aclara a la Contraloría

La Contraloría señaló a Salog como una de las organizaciones que le habría causado un perjuicio económico a Essalud por más de US$ 28 millones.

(Foto: USI)
(Foto: USI)

La empresa Salog rechazó una denuncia de la Contraloría respecto a que sería una de las organizaciones que estaría involucrada en el prejuicio económico que habría sufrido Essalud por un monto mayor a US$ 28 millones y penalidades no aplicadas por S/ 49 millones.

En una nota de prensa emitida el pasado 14 de noviembre, la Contraloría señaló que había detectado presuntas irregularidades en el proceso de calificación y contratación para la construcción de infraestructura, equipamiento, implementación y gestión logística de almacenamiento, distribución y entrega de materiales en la red de almacenes y farmacias de EsSalud en Lima. Salog fue la compañía que ganó el concurso para ejecutar dichas labores.

La empresa anota en un comunicado que la Contraloría ha realizado sus investigaciones basándose en un marco legal posterior al que estaba vigente al momento de la adjudicación y celebración del Contrato.

Además, asegura que los cálculos, que califica como antojadizos, “no reflejan las penalidades acordadas por las partes en el contrato”, y añade que existen “opiniones contradictorias de entidades públicas que desconocen dictámenes previos sobre la naturaleza de los recursos de Essalud y el cumplimiento del Contrato por parte de Salog”.

Respecto al marco legal vigente al momento de adjudicarse el Contrato, Salog afirma que “este permitía a Essalud convocar a concursos para que inversionistas presenten iniciativas privadas destinadas a solucionar los problemas vinculados a la gestión de salud de sus asegurados”, y agrega que la Contraloría “no incluye ni reconoce lo dispuesto por dichas normas en su investigación y, partiendo de información incompleta, concluye que Essalud no estaba facultado a realizar dichas convocatorias”.

En consecuencia, afirma que la Contraloría no reconoce que el marco legal vigente al momento de la adjudicación del Contrato otorgaba a Essalud autonomía administrativa, financiera, económica y presupuestal, y lo excluía de todo Sistema de Administración Financiera creado o por crearse.

Por estas razones, Salog asegura que “al momento de la adjudicación del contrato, Essalud no estaba obligada a someter sus decisiones al SNIP precisamente para desvincular a dicha entidad de este tipo de evaluaciones con el fin de agilizar las soluciones urgentes a los problemas del sistema del seguro social”.

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