El pleno del Congreso podría decidir mañana si aprueba el proyecto de ley que sanciona hasta con seis años de cárcel el acaparamiento y especulación de precios en zonas declaradas en emergencia.
Así, se restituye la sanción penal para el delito de acaparamiento y viabiliza la sanción efectiva del delito de especulación, ya que cuenta con dictámenes favorables de las comisiones de Defensa del Consumidor y de Justicia.
Detalles
De acuerdo con el proyecto de ley, solo en casos de emergencia se sancionará el acaparamiento o especulación de proveedores, productores o comerciantes. Pero para hacer efectivo el delito se precisa que el Ejecutivo determinará una lista de bienes y servicios considerados de primera necesidad (como leche, arroz, azúcar y similares).
De tal manera que se penaliza el acaparamiento o sustracción del mercado de estos bienes o servicios de primera necesidad, realizado con el fin de alterar los precios y provocar escasez para obtener un lucro indebido.
Asimismo, se criminaliza la especulación cuando el productor, proveedor o comerciante pone en venta bienes o servicios de primera necesidad a precios superiores a los habituales que serán determinados por el Ejecutivo sobre la base de un promedio (fijación de precios oficiales).
Finalmente, se precisa que no se vulnera la regla constitucional de libre mercado (y la prohibición para fijar precios), ya que su aplicación será excepcional, en un ámbito geográfico delimitado y por un plazo, entre otros.