El Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile sigue con atención el proceso de adaptación de la legislación interna peruana a lo dictaminado por La Haya en su fallo de febrero pasado y ya ha tomado nota de tres modificaciones implementadas por Perú, informó hoy el diario La Tercera.
Dicho proceso de adecuación fue acordado, por ambos países en la reunión del 2+2 (cancilleres y ministros de Defensa de las dos naciones) realizado el 6 de febrero, específicamente en el punto cuarto de la declaración.
“Cada país asume el compromiso de efectuar la identificación de su normativa interna que pudiere ser inconsistente con el fallo teniendo en cuenta lo antes expresado, y procederá a adecuar dicha normativa de conformidad con dicho fallo”, plantea aquella parte del texto.
La primera modificación que sigue la Cancillería chilena es el cambio al decreto de Control y Vigilancia de Actividades Marítimas, Fluviales y Lacustres, que modifica varios artículos de la ley del mismo nombre que rige desde 2001 en Perú y que, entre otras materias, crea el Sistema de Tráfico y Monitoreo del Tráfico Acuático.
Los cambios tienen injerencia en la persecución de naves -sobre todo extranjeras-, aplicación de señales de sonido y visuales y la eventual implementación de acciones intimidatorias a alguna embarcación que infrinja los límites.
Otra reforma es la Resolución Directoral 0073-2014 sobre el Sistema de Seguimiento, Control e Información de Tráfico Marítimo, que derogó una norma similar vigente desde 1994, y que apunta a actualizar las normas relativas a las operaciones de búsqueda y salvamento de naves.
El tercer cambio se dio en el Decreto Supremo 002-2014-MTC y que pone al día el reglamento de Aeronáutica Civil, en especial los artículos 18 y 42 de la ley del mismo nombre, que, principalmente, versan sobre el libre tránsito aéreo y las potenciales sanciones a quienes no lo respeten.
Estas medidas son interpretadas en la Cancillería chilena como una “flexibilización de Perú ante el ingreso o salida de alguna nave desde su dominio”, ya que, por ejemplo, antes se sancionaba el ingreso sin aviso a su zona marítima, algo que se terminaría con estas modificaciones.
Con todo, en la Cancillería chilena, si bien se reciben positivamente estas adecuaciones, igual se plantea una dosis de escepticismo, ya que se esperan cambios mayores.
Por ejemplo, se está a la espera de que Lima inicie el trabajo de derogación de su Ley de Líneas de Base de Dominio Marítimo, promulgada en noviembre de 2005 y que fijó la demarcación sur en el denominado punto 266 y que, de hecho, en parte dio pie para la presentación peruana en La Haya.
Como el propio tribunal internacional, en su fallo del 27 de febrero, le dio la razón a Chile respecto del punto de partida del límite -paralelo desde el Hito 1 y no la proyección desde el Punto de la Concordia-, y eso ya fue ratificado por ambos países en el trabajo de nuevas coordenadas de fines de marzo, en Santiago se da casi como una realidad el fin de la mencionada norma limeña.
Ese optimismo no es tal, en todo caso, respecto de posibles cambios a la Constitución peruana. No obstante, el gobierno chileno está atento al eventual envío de un proyecto de ley especial sobre “libertad de comunicación marítima” y que, según La Segunda, sería presentado en el Parlamento peruano en los próximos días.
Este avance, como las tres modificaciones legales y administrativas concretadas por Perú, reconocen en la Cancillería chilena, permiten mirar con más optimismo la pronta realización de la segunda reunión del 2+2, que está suspendida desde fines de marzo, precisamente porque no se habían conocido acciones reales desde Perú de avanzar en la implementación del fallo.
Por lo mismo, se espera que la cita de los secretarios de Estado se concrete, a más tardar, a fines de este mes o comienzos del próximo.