El ministro de Relaciones Exteriores de Chile, Alfredo Moreno, aseguró que pese a lo complejo que resultó para Chile demostrar que habían tratados de límites marítimos con Perú, la resolución de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) dejó un sabor amargo.
“Cuando llegamos al tema de las 80 millas, siendo tan positivo todo lo restante y tan difícil de haberlo conseguido a pesar de que Chile tiene toda la razón (…) uno se queda con un sabor amargo porque no hay en este proceso nada que lleve a esa conclusión”, expresó en entrevista con “ADN Radio Chile”.
“No hay, en el proceso, ni entregado por Chile ni entregado por Perú, antecedente alguno que señale como antecedente 80, 100 ó 120 (millas). Aquí, una vez que la Corte decidió que esto era un paralelo, que partía en el Hito 1, incluso que ya había decidido que era de 12 hacia arriba dado el acuerdo del acuerdo del 54, a mi me parece que no había ninguna otra conclusión que 200 millas”, afirmó posteriormente en “Canal 13” de Chile.
“La expectativa chilena era que pudiéramos mantener todo lo que tenía, y este fallo ha permitido mantener muchas de las cosas más importantes. Ha permitido mantener la soberanía, mantener toda la pesca, ha permitido mantener la proyección marítima de Arica, pero naturalmente nosotros hubiéramos querido que esto no fuera limitado a las 80 millas y que luego de esos hubiera una parte de nuestros derechos económicos, en la zona económica exclusiva fueran transferido a otro país”, señaló en el diario El Mercurio de Chile.
Respecto al largo proceso que concluyó, Moreno aseguró que en este caso tal vez es lo único en que se haya logrado demostrar un límite marítimo basado en un acuerdo tácito.
“Creo que este debe ser el primer caso del mundo en el cual un país logra probar un acuerdo de límite marítimo basado en un acuerdo tácito, como ha señalado la Corte a través de una diversidad de actos y documentos que van mostrando esto y eso hace que uno tiene que demostrar todos los puntos”, indicó el jefe de la diplomacia chilena.
Moreno enfatizó en que antes de ejecutar el fallo, tanto Chile como Perú, deberán realizar las modificaciones legales respectivas para su implementación.