Aclaran que no es delito difundir información personal como ocurrió en el caso de Ezio Oliva

Especialista aclara que se podría estar frente a un delito en contra de la privacidad de una persona si se comprueba que los datos fueron robados para difundirlos.

(Foto: USI)
(Foto: USI)

Erick Iriarte, abogado especialista en delitos informáticos, afirmó que usar Internet para divulgar información íntima, como es el caso que afecta al artista Ezio Oliva, no es un delito informático, pero sí una violación a la intimidad.

“En este caso, la utilización de la red para divulgar el video, y la utilización de un celular como herramienta para grabar el video, que son instrumentos informáticos, no hace que estemos frente a un delito informático”, explicó.

Según Oliva, las imágenes habría sido sustraídas de una laptop que entregó a un centro de técnico para que la reparen. Iriarte dijo que si se comprueba esto, se estaría ante un delito a la privacidad del joven, como lo el Código Penal.

“Este Código dice que aquel que revela aspectos de la intimidad personal o familiar que se conocieren por motivo del trabajo que se presta a la persona agraviada, esto ya es un delito tipificado”, indicó en RPP.

Además, detalló que el proceso de linkear una información no es delito, pues solo se está publicitando un dato ya publicado.

“Hay un antecedente, el caso del periodista Godoy y el ex congresista Jorge Mufarech. La jueza estableció que el mero hecho de linkear no era un delito”, anotó.

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