La mejor regulación de los bancos no sirve si la supervisión es débil

El excesivo riesgo de los bancos debe controlarse mediante la regulación de capital y liquidez y otra normativa relacionada, así como, sobre todo, una adecuada supervisión.

(Foto: Difusión)
(Foto: Difusión)

Santiago Fernández de Lis
Economista jefe de Sistemas Financieros y Regulación del BBVA Research

La crisis de los últimos años ha generado una profunda reforma de la regulación financiera, cuyos objetivos son sumamente razonables: un mejor control de los riesgos en los bancos, un menor contagio de las crisis y, en el caso de que estas se produzcan, mecanismos para hacer frente a las pérdidas sin necesidad de recurrir al dinero de los contribuyentes.

Una de las líneas de reforma es la separación de actividades entre la banca minorista y mayorista. A este objetivo responden la llamada regla de Volcker en Estados Unidos, la reforma Vickers en el Reino Unido y, pendiente de aprobación, las conclusiones del Informe Liikanen en la UE, hechas suyas por la Comisión Europea. La lógica de estas reformas es evitar que el dinero de los depositantes financie las actividades más arriesgadas (que algunos han bautizado como “banca casino”).

Se trata de recuperar la filosofía de una vieja regulación norteamericana de la época de la Gran Depresión, la legislación Glass Steagall, que durante décadas impuso la separación entre la banca comercial y banca de inversión en ese país.

Algunos achacan al levantamiento de estas restricciones en los años noventa el origen de la crisis actual. Creo que este diagnóstico es equivocado: la separación de actividades se eliminó porque era imposible de mantener en un mundo donde los flujos financieros discurren a través de vasos comunicantes, y el arbitraje regulatorio otorga una ventaja a los canales menos regulados y más opacos.

Y en cuanto al origen de la crisis en Estados Unidos, tuvo mucho más que ver con una supervisión inadecuada, que alimentó una burbuja en el precio de ciertos activos que no se supo o no se quiso detectar y atajar, propagada por un sistema típicamente norteamericano de “originar para distribuir” riesgos, con la connivencia de las agencias de rating.

La separación de actividades es típica de un modelo anglosajón donde una parte significativa de los flujos financieros discurre a través de los mercados o de intermediarios financieros especializados no bancarios.

Encaja mal en el modelo continental europeo, más enfocado en una banca de relación integral con el cliente, al que se ofrece una gama amplia de servicios, incluidas las actividades de “creador de mercado”, es decir, de otorgar contrapartida en operaciones en los mercados financieros.

Hay aspectos del modelo anglosajón que pueden mejorar el modelo continental europeo. En concreto, este último debe evolucionar hacia un sistema financiero más equilibrado, con un mayor peso de la financiación directa en los mercados. Pero no es precisamente la regulación financiera un aspecto a imitar de los modelos anglosajones, ni en la arquitectura de la regulación ni en su filosofía, como demuestra la frecuencia y variedad de crisis financieras en Estados Unidos y en el Reino Unido en las últimas décadas.

Tienen los reguladores de estos países, eso sí, una gran capacidad de liderazgo e influencia en los foros internacionales, donde tienden a imponer como estándares globales los suyos propios.

En una secuencia inversa, típica de los foros de cooperación internacional, el Financial Stability Board está estudiando ahora la separación de actividades a nivel global, cuando ya se ha adoptado en las principales jurisdicciones más desarrolladas.

El excesivo riesgo de los bancos debe controlarse mediante la regulación de capital y liquidez y otra normativa relacionada, así como, sobre todo, una adecuada supervisión. La mejor regulación no sirve si la supervisión es débil.

Y los problemas de resolución o liquidación de bancos se están afrontando con medidas como la recientemente adoptada en Europa, que establece cómo ciertos acreedores bancarios deben soportar pérdidas en determinadas circunstancias, evitando que éstas deban recaer sobre los contribuyentes.

El marco de resolución europeo, de hecho, incluye la posibilidad de forzar una separación de actividades en aquellos bancos que se consideren difíciles de resolver.

Imponer una separación de actividades “ex ante” con carácter general revela una profunda desconfianza en la capacidad de regular y supervisar estas facetas claves de la actividad bancaria, y puede generar un desvío de los flujos hacia las parcelas más opacas del sistema financiero.

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