RÉGIMEN PARA LAS MYPES. El fisco estima oficialmente que el total de contribuyentes activos registrados son un poco más 1.8 millones. De este total, según la Sunat, 1.7 millones podrían pasar al nuevo sistema tributario que busca incentivar la formalidad: el Régimen Mype Tributario (RMT) que incluye tanto el pago por Impuesto a la Renta como IGV.
Tratando de explicar la cifra, la administración tributaria detalla que 700,000 contribuyentes del Régimen General podrían afiliarse al RMT y que 20,000 tendrán que hacerlo de manera obligatoria al eliminarse las categorías 3,4 y 5 del Régimen Único Simplficado (RUS). Sin embargo, reconocen que 640,000 micro y pequeños contribuyentes no pasarían al RMT ya que su incentivo seguirá siendo pagar por todo tributo S/ 20 o S/ 50 (RUS).
Siguiendo las cifras dadas por la Sunat, al máximo de afiliación que podrían aspirar es a 1.1 millones, y no al 1.7 declarados, y para ello aún tendrían que conseguir al 0.4 millones de contribuyentes. La cifra dada puede estar incluyendo a los nuevos contribuyentes que se espera conseguir en base a ampliación de la base tributaria, pero esa es una explicación que no ha dado la administración.
Además, algunos especialistas ya han advertido que el RMT no tendrá un efecto formalizador. ¿Razones?, básicamente, un contribuyente informal no encuentra en este nuevo sistema un incentivo para hacerlo, mientras que un contribuyente formal, que por temas de monto no llegaba a tributar, al verse obligado a hacerlo podría optar por la informalidad.
Sin embargo, para la Sunat el incentivo es que gracias a este sistema los pequeños contribuyentes podrán hacer uso del crédito fiscal, con lo cual el costo del impuesto podrá ser trasladado al comprador. Cierto en teoría, es decir, si el microempresario de Gamarra le vende al Estado o a otra empresa formal sus productos textiles tendrán un crédito fiscal que usar, porque el comprador hará su pedido y pagará con factura.
Sin embargo, cuando venda a uno de sus clientes habituales (consumidores finales que compran para su uso y no para la reventa), ahí no podrá trasladar el impuesto, porque no comprarán con factura y estará obligado a incrementar el precio de su producto o dejar la formalidad. ¿Este es el efecto que se está buscando? Difícil posición a defender.