Editorial de Gestión: Pasado, pisado

Cómo es posible que para formalizarse, la ley exija a una mype que pague a sus trabajadores todos los derechos laborales y beneficios sociales que se acumularon durante el tiempo que el trabajador colaboró con la compañía informalmente.

(Foto: USI)
(Foto: USI)

ABSURDO. Si alguna micro o pequeña empresa (mype) desea formalizarse en este país, la ley plantea que la empresa debe pagar a sus trabajadores todos los derechos laborales y beneficios sociales que se han acumulado durante el tiempo que el trabajador ha colaborado con la compañía de manera informal.

La ley no tiene ninguna lógica detrás, sobre todo si es una política de Estado reducir la informalidad. Justamente por obstáculos como este –que, francamente, parecen diseñados específicamente para ahuyentar a las personas del sector formal-, no es difícil comprender por qué el 70% de la economía opera en la informalidad ni por qué tenemos uno de los índices más altos de la región y del mundo.

Si tan solo a las empresas medianas, por ejemplo, ya les resulta complicado cargar con los costos no salariales (que ascienden al 60% en el Perú) del día a día, ¿Cómo es posible que se le pida a una mype asumir esta nueva carga junto al acumulado a lo largo de su existencia, todo de un porrazo?

Como parte del último paquete de medidas para reactivar la economía, el Ejecutivo envió al Congreso un proyecto de ley para que, en vez de regirse por el régimen general laboral, las mypes que opten por formalizarse se puedan acoger al nuevo régimen para las microempresas.

Esta modificación permitiría ahorrar hasta el 36% (a las microempresas) del costo de formalización.

Sin embargo, a pesar de las intenciones del Ejecutivo, el aporte de esta medida solo puede ser marginal tomando en cuenta el inmenso costo que abarca. Por ello, el Ejecutivo introdujo una modificación para que las empresas solo paguen por los últimos cuatro años. Mejor, pero igual insuficiente.

Una verdadera reforma que incentive la formalización exoneraría a las empresas de cualquier deuda laboral y beneficio social previo a la fecha de formalización.

Exactamente por las mismas razones por las que la ley no es retroactiva, las cargas de la formalización tampoco deberían serlo.

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