Concejo de MML aprobó cambio de zonificación para construir la Villa Panamericana

Esta decisión permitirá la construcción de la infraestructura que albergará a los atletas que participarán en los Juegos Panamericanos 2019.

Foto: Andina.
Foto: Andina.

El Concejo Metropolitano aprobó por unanimidad cambiar la zonificación y desafectación del predio de casi 500,000 metros cuadrados en el distrito de Villa El Salvador, destinado para la construcción de la Villa Panamericana, infraestructura que alojará a los atletas participantes de los Juegos Panamericanos 2019.

La Municipalidad de Lima y los regidores metropolitanos en su conjunto lograron este avance en el proceso administrativo predial y jurídico.

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La Municipalidad de Lima informó que según el dictamen, el predio denominado de propiedad del Ministerio de Vivienda dejará de tener calificación de “parque zonal” y será considerado como “residencial de densidad media” y “zona de recreación pública”, lo que llevará a modificar la normativa en torno a las áreas residenciales de Villa El Salvador.

El dictamen encargó al Instituto Metropolitano de Planificación (IMP) modificar el plazo de zonificación de los usos del suelo en ese distrito y autorizó a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad de Lima a comunicar el resultado del debate en el Concejo al Ministerio de Vivienda.

“Todo el procedimiento seguido fue supervisado y validado por la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Lima (MML) mediante un informe emitido el pasado 5 de octubre”, detalló la comuna limeña en un comunicado.

Villa Panamericana del Surf
Asimismo, el Concejo Metropolitano también aprobó la afectación en uso por un lapso de 10 años y a título gratuito de un área de 33,500 metros cuadrados, ubicada a la altura del kilométros 46 de la antigua Panamericana Sur, en Punta Negra, a favor del Instituto Peruano del deporte (IPD).

En esta área, el IPD debe construir la Villa Panamericana del Surf (VPS) para el desarrollo de los Juegos Panamericanos 2019 y en su condición de afectatario deberá cumplir no solo las obligaciones establecidas en el artículo 102 del Reglamento de la Ley Nº 29151 sino también obtener el financiamiento para la construcción de la misma y dar aviso de manera inmediata de todo acto perturbatorio de la propiedad municipal.

El dictamen precisa que se deberá tramitar y obtener las licencias, autorizaciones y permisos correspondientes necesarios para la construcción y funcionamiento de la Villa Panamericana del Surf; presentar a Emilima S. A. semestralmente y al culminar la ejecución del proyecto, informes de su gestión y de los logros y/o avances del proyecto, bajo sanción de declarar la extinción de la afectación en uso otorgada; y no ceder la posesión del inmueble municipal y la administración de la infraestructura a otra asociación o institución pública o privada.

La Municipalidad de Lima remarcó que las construcciones que se realicen sobre el predio municipal, serán íntegramente de su propiedad, sin costo alguno, ni pago, devolución o indemnización a favor del IPD.

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