La empresa Pacífico Seguros negó hoy que busque impedir la labor informativa del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) en defensa de los derechos del consumidor.
Precisó que el 10 de junio de este año, Indecopi dio amplia difusión en los medios de comunicación a una sanción emitida en contra de la empresa por una presunta infracción que habría cometido, lo cual constituyó un acto ilegal.
La razón, según la empresa, es que “se trataba de una resolución de primera instancia que había sido apelada por nosotros, es decir, estaba pendiente una decisión final en la cual se determinaría si realmente Pacifico Seguros había incurrido o no en infracción, dijo.
Además, indicó que Indecopi no puede difundir una decisión preliminar que está pendiente de un fallo final porque ello constituye una acción ilegal porque se vulnera la presunción de inocencia del denunciado, ya que se transmite como mensaje a la opinión pública que éste debe ser considerado como culpable.
También porque se condicionaría el pronunciamiento del Tribunal que actuará en segunda instancia, pues al publicarse el fallo inicial —reiteramos no definitivo—se origina una posición Institucional que podría generar presión para que se confirme lo decidido en primera instancia, violando el derecho de defensa en los procedimientos seguidos ante esta institución.
Asimismo, porque se da lugar a un daño reputacional contra los administrados porque, incluso si el Tribunal revocara la decisión de la primera instancia, el daño al honor y la buena imagen, derechos reconocidos por la Constitución, ya está causado por la percepción de culpabilidad que se genera.
“Como podrá notarse, la difusión de información de procesos no concluidos constituye un acto ilegal. Indecopi argumenta que Pacifico Seguros, por haber planteado una Acción de Amparo, está buscando impedir su labor de difusión, pero olvida que estamos ejerciendo nuestro legítimo derecho de defensa contra un acto que consideramos ilegal”, dijo la empresa.
En modo alguno, ejercer un derecho constitucional como una Acción de Amparo puede ser calificado como un acto de impedimento de difusión informativa de Indecopi. La difusión informativa tiene que partir de un concepto esencial: no dañar injustificadamente a terceros difundiendo resoluciones que aún no son definitivas.
Por ello, Pacifico Seguros, así como actúa respetando las normas vigentes, en la misma medida, tiene el derecho a ejercer su defensa cuando una entidad vulnera sus derechos constitucionales.