OEFA ordena no generar emisiones atmosféricas a dos empresas del Callao

El organismo regulador emitió dos medidas preventivas contra las empresas Consorcio Matrix Technology S.A.C. y Rabanal Service S.A.C., dedicadas a la fundición de plomo, en el Callao. Esta decisión se tomó ante las denuncias de altos índices de plomo entre los vecinos del asentamiento humano Mi Perú.

Foto: USI
Foto: USI

Ante las denuncias de los vecinos del asentamiento humano Mi Perú (Ventanilla), en el Callao, por los altos índices de plomo, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) dictó dos medidas preventivas a las empresas Consorcio Matrix Technology S.A.C. y Rabanal Service S.A.C., dedicadas a la fundición de plomo.

Estas medidas, de acuerdo a un comunicado, ordenan a ambas empresas no realizar procesos productivos que impliquen la generación de emisiones atmosféricas, con el objetivo de evitar una afectación negativa al ambiente y a la salud de las personas que viven en el distrito de Mi Perú, en el distrito de Ventanilla, Callao.

En esa línea, la institución ordenó a Matrix Technology no realizar procesos productivos que impliquen la generación de emisiones atmosféricas hasta demostrar que los parámetros de las emisiones de gases de su operación no superen los valores límite establecidos en la Guía sobre medioambiente, salud y seguridad para la fundiciones del año 2007 emitida por la Corporación Financiera Internacional (IFC), del Grupo Banco Mundial.

Para ello, explicó que la empresa deberá realizar la clausura temporal de los hornos de fundición mediante la soldadura de las tapas de ingreso de material y luego de efectuar las mejoras respectivas deberá informar al OEFA el inicio de sus operaciones, programar monitoreos trimestrales de sus emisiones atmosféricas y, además, solicitar al Ministerio de la Producción la actualización del Instrumento de Gestión Ambiental (IGA) de su planta en Ventanilla en un plazo máximo de tres meses a partir de la notificación de la medida.

En el caso de Rabanal Service, la medida preventiva se mantendrá vigente hasta que la empresa efectúe las siguientes acciones: instale el lavador de gases en el área de fundición y restablezca la altura de la chimenea del proceso de fundición e implemente medidas o barreras perimetrales para la mitigación o control de emisiones hacia el exterior.

Además, se le ordena solicitar la actualización del IGA de su planta Ventanilla ante la autoridad de certificación ambiental en un plazo máximo de tres meses a partir de la notificación de la medida.

En caso las empresas no cumplan con lo ordenado en las medidas preventiva, se efectuarán las acciones administrativas, civiles y penales correspondientes.

El OEFA advirtió que continuará dictando medidas administrativas cuando se evidencien o se determinen potenciales riesgos que produzcan daños al ambiente o a la salud de las personas; y verificando el cumplimiento de estas por parte de las empresas supervisadas.


TAGS: Callao, plomo, OEFA

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