El Indecopi informó hoy que la Comisión de Protección al Consumidor N° 2 sancionó a la empresa Hipermercados Tottus con una multa de 122.1 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a S/. 470,085, al haberse comprobado que en algunos de sus establecimientos ubicados en Lima y Callao realizaba el redondeo de los precios en perjuicio de los consumidores.
Durante el procedimiento, la Gerencia de Supervisión y Fiscalización del Indecopi realizó supervisiones a ocho establecimientos comerciales de Tottus ubicados en Lima y Callao, en los que se comprobó que el precio cobrado a los consumidores era superior al consignado para los productos adquiridos a granel.
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De esta forma, Hipermercados Tottus infringió el artículo 44° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, que estipula, expresamente, que se encuentra prohibido que los proveedores redondeen los precios en perjuicio del consumidor, salvo que este manifieste expresamente su aceptación al momento de efectuar el pago del producto o servicio.
Teniendo en cuenta la conducta infractora y la reincidencia en la que incurrió Hipermercados Tottus, la Comisión de Protección al Consumidor N° 2 aplicó una sanción de 122.1 UIT, que equivale a S/. 470,085.
“Esta multa podrá ser rebajada en un 25%, si es que el proveedor da por consentida dicha sanción y realiza la cancelación de la misma, en un plazo no mayor de cinco días hábiles luego de haber sido notificado”, dijo el Indecopi en un comunicado.
No obstante, añadió que la empresa podrá apelar la resolución ante el Tribunal del Indecopi, segunda y última instancia administrativa de la institución.
Hace unos días, la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi confirmó, en segunda instancia, la sanción impuesta a la empresa Eckerd Perú (Inkafarma) por haber efectuado la misma práctica en la ciudad de Chiclayo, sancionándola con una multa de 4 UIT.
Apelación
Al respecto, voceros de Hipermercados Tottus informaron que ya presentaron un Recurso de Apelación ante el Indecopi.