El marco legal vigente genera una inmediata inestabilidad y riesgo de que las actividades de inversión no se puedan efectuar en Zonas Reservadas y Áreas Naturales Protegidas (ANP), sin importar si los contratos suscritos con el Estado, son anteriores a la creación de dichas zonas, indicó la Sociedad Peruana de Hidrocarburos (SPH).
El presidente del gremio, Ronald Egúsquiza, opinó que si el país contará con un marco legal que establezca las reglas claras de protección al ambiente con el respeto a las actividades de inversión, “continuaremos con el crecimiento del país”.
En esa línea, afirmó que no sólo es necesario contar con un artículo que resguarde los derechos adquiridos de las empresas para efectuar sus actividades, sino que es fundamental realizar una revisión y modificación a la normativa general de Áreas Naturales Protegidas (ANP).
Dado que “hay varias disposiciones que limitan, no sólo la protección de dichos derechos adquiridos, sino también directamente el desarrollo de actividades de exploración y explotación de hidrocarburos y otras actividades.”
El representante gremial, subrayó, que se hace necesario modificar la Ley de Áreas Naturales Protegidas (Ley N° 26834) y sus normas complementarias, para garantizar el respeto de los preexistentes derechos otorgados por el Estado mediante los contratos de hidrocarburos para la exploración y explotación y la seguridad jurídica que debe existir.
Así, como el respeto a otras actividades de aprovechamiento de recursos que se puedan estar realizando en ANP.