CCL saluda decisión de la Sunat sobre nuevas facturas y da recomendaciones

Desde el 16 de agosto, los comprobantes de pago podrán no contener la provincia de origen del negocio, algo que se dispuso como obligatorio por el Tribunal Fiscal. La Sunat flexibilizó la medida en un nueva resolución hoy.

La Cámara de Comercio de Lima, que solicitó al Tribunal Fiscal la modificación de una resolución que exigía imprimir la provincia de origen de un negocio en los comprobantes de pago, saludó la medida de la Sunat que flexibiliza el uso de las nuevas consignaciones en estos documentos.

“Mediante esta resolución se dispone que a partir del 16 de agosto de este año, fecha de vigencia de la nueva resolución Sunat, las facturas, boletas de venta, liquidación de compra, tickets, y guías de remisión que se impriman podrán no contener el dato relativo a la provincia, indicó el gremio en un comunicado.

Para los comprobantes que se tengan en stock al 15 de agosto, se ha dispuesto que el dato relativo a la dirección completa del establecimiento, que no contenga el distrito y/o la provincia del lugar del domicilio fiscal del emisor, podrá ser añadido mediante sello o mecanismo computarizado, hasta agotar el stock.

Recomendaciones
1. Los comprobantes de pago que imprima o mande a imprimir a partir del 16.08.13 podrán no incluir el dato relativo a la provincia.

2. Los comprobantes de pago impresos hasta el 15.08.2013 podrán habilitarse consignando el dato del distrito y/o provincia mediante un sello o consignándolo al momento de imprimir.

3. Los contribuyentes deben comunicar a SUNAT cualquier cambio que ocurra en los datos que figuran en su RUC. El plazo para comunicar el cambio de domicilio fiscal es de un (1) día hábil; el plazo para modificar o actualizar los demás datos registrados en el RUC es de cinco (5) días hábiles.

4. La actualización o modificación de los datos del RUC se podrá efectuar por Internet, con clave sol, utilizando el Formulario Virtual 3128 “Modificación de Datos del RUC por Internet”.

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