En el programa de hoy de Bufete Empresarial, Fernanda Montes, asociada del estudio Lazo, de Romaña & Gagliuffi, detalla cuál es el uso adecuado de las cámaras de vigilancia en los bienes de dominio público, en los vehículos de servicio de transporte público y en los establecimientos comerciales con un aforo de más de 50 personas.
¿Quiénes pueden disponer de las imágenes o audios registrados? o ¿qué no pueden grabar estas cámaras? Vea el vídeo donde la abogada resuelve estas y otras interrogantes.
No se pierda todos los sábados los consejos legales del estudio Lazo, de Romaña & Gagliuffi en su programa dentro la parrilla de Gestión TV.
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