Las trabajadoras gestantes ya pueden solicitar una licencia por maternidad ampliada de 90 a 98 días, tal como lo dispone la reciente ley promulgada a fines de noviembre.
Así lo informó el ministro de Trabajo, Daniel Maurate, quien refirió que esta ley no requiere de reglamento para su aplicación.
“Cuando una ley necesita desarrollo hay que esperar el reglamento. Pero en este caso la legislación se ha establecido con claridad, no necesita reglamento y tiene que ser cumplida”, subrayó Maurate a Gestion.pe.
Cabe anotar que para algunos analistas la ley aún requería de reglamento, antes de ser aplicada. Asimismo, Essalud tendrá que adaptar sus normas para ampliar la cobertura de licencia por maternidad. No obstante, la ley ya debe aplicarse, aclaró el ministro.
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El nuevo régimen establece 49 días de descanso prenatal y 49 días de descanso postnatal (antes era de 45 días en cada caso).
Asimismo, el goce de 98 días podrá ser diferido, parcial o totalmente y acumulado en el periodo postanatal, a decisión de la trabajadora gestante, tal como sucedía con los 90 días.
¿Y en el sector público?
La ley solo aplica para las trabajadoras del sector privado. En el caso de las trabajadoras estatales, una posible ampliación similar de la licencia por maternidad de 90 a 98 días deberá ser fijada por Servir, indicó Maurate.
“Nosotros no tenemos competencia para hacer esa disposición”, sostuvo el ministro.
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