Desde el 1 de abril del presente año, los trabajadores independientes que brinden servicios a personas o empresas o instituciones deberán emitir solo sus recibos por honorarios electrónicos, así lo sostiene la Sunat.
“Para emitir el recibo por honorarios electrónico, el trabajador independiente debe contar con su número de RUC vigente. El trámite es gratuito en cualquier Centro de Servicios al Contribuyente, tan solo deberá exhibir su documento de identidad actualizado”, sostiene.
La emisión electrónica de los recibos por honorarios se puede hacer a través de Sunat Operaciones en Línea (SOL), ingresando al portal www.sunat.gob.pe, con su Código de Usuario y Clave SOL, seleccionando la opción “Sistema de Emisión Electrónica” o desde un smartphone con el APP Sunat.
[PARA RECORDAR: ¿Debe obligarse a los Independientes a emitir recibos electrónicos al prestar servicios a personas?]
“Es importante recordar que existe la obligación de registrar el pago que le hubiesen efectuado por los servicios prestados; por otro lado, se ha eliminado la obligación de llevar el Libro de Ingresos y Gastos físico o electrónico, reduciendo con ello esta exigencia que debía cumplir el trabajador por la prestación de sus servicios”, señala la Sunat.
Beneficios del Recibo por Honorarios Electrónico, según la Sunat:
1) Pueden enviarse o reenviarse de forma inmediata por correo electrónico.
2) Ya no se corre el riesgo de perderlos o que se maltraten.
3) Se emiten con facilidad y rapidez.
4) Facilita el control de ingresos.
5) Se emiten y consultan desde cualquier lugar, a cualquier hora del día.