TC reafirma que norma de endoso de pasajes es constitucional

La Asociación Peruana de Empresas Aéreas (APEA) interpuso una demanda de amparo para evitar que usuarios transfieran sus boletos nacionales, tal como dice la ley, explicó Indecopi.

El Tribunal Constitucional (TC) declaró improcedente la demanda de amparo que interpuso la Asociación Peruana de Empresas Aéreas (APEA), para evitar que los consumidores endosen sus pasajes en el territorio nacional, a pesar de que así lo estipula en el Código de Protección y Defensa del Consumidor, informó el Indecopi.

“De esta manera, el máximo órgano de control constitucional del Perú confirma la competencia del Indecopi para defender los derechos de los consumidores”, dijo la entidad.

La “APEA”: inició un proceso judicial de amparo en contra de dos procedimientos iniciados de oficio por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) a las aerolíneas Lan Perú y Taca Perú, poniendo en duda la consititucionalidad del artículo 66.7 del Código.

Dicho artículo señala que los consumidores del servicio de transporte nacional, en cualquiera de sus modalidades, pueden endosar o transferir la titularidad del servicio a favor de otro consumidor plenamente identificado o postergar el servicio en las mismas condiciones pactadas.

Para ello, deben comunicar de manera previa y fehaciente al proveedor del servicio con una anticipación no menor a veinticuatro (24) horas de la fecha y hora prevista para la realización del viaje.

Proceso
En su sentencia, el Tribunal Constitucional expresa que un procedimiento administrativo sancionador desarrollado por el Indecopi no constituye en sí una amenaza a los derechos fundamentales, y que dichas investigaciones se encuentran dentro del marco de sus competencias, estipuladas por ley.

Del mismo modo, el Tribunal Constitucional sostiene que no corresponde discutir la constitucionalidad del artículo 66.7 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, pues el proceso de amparo no es la vía adecuada para ello.

Esta resolución del TC es importante por cuanto garantiza el derecho de los consumidores de disponer libremente de la transferencia de sus pasajes nacionales, previamente adquiridos, dinamizando el mercado de los servicios de transporte aéreo a nivel nacional.

El Indecopi sostuvo que continuará tomando acciones de oficio, así como atendiendo las denuncias de los consumidores del servicio de transporte de pasajeros, y de otros servicios, dentro del marco de las facultades que le otorga la ley en defensa de los consumidores de todo el país.

TAGS: Indecopi, TC, APEA

ÚLTIMA HORA ver todas

BLOGS ver todos

Revolución digitalPablo Bermudez

Bye bye Dubai... ¡Bienvenido NEOM! (1 de 3)

Herejías EconómicasGermán Alarco

Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PED...

El Vino de la Semana

Pisco, amor por el Perú

Te lo cuento fácilAlumnos de la Universidad del Pacífico

Guerra en Ucrania: un breve análisis del fac...

Economía para todosCarlos Parodi

Estados Unidos y China

WALL STREET VER TODOS

Será noticia

JOSÉ ANTONIO MONTENEGRO