Desde octubre del 2014, la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) obliga a todas a las personas naturales o jurídicas que cuenten con RUC a registrar un correo electrónico y un número de celular.
Sin embargo los contribuyentes no cumplen con esta obligación. “Se viene observando dificultad por parte de los sujetos que han comunicado en el RUC una afectación de tributos que no incluye tributos de renta de tercera categoría, por cumplir con los mencionados datos”, señaló la Sunat.
Tan es así que la Sunat decidió flexibilizar el proceso y solo quienes paguen rentas de tercera categoría deberán consignar ambos datos.
El resto de números de RUC, que no tributen rentas de tercera categoría, deberán actualizar solo uno de los datos, sea el número de celular o el correo electrónico.
La obligación se extiende tanto a los nuevos números de RUC, como a los que ya se encuentran registrados.
Cuando salió esta obligación, a finales de setiembre del 2014, existían más de más de 6.9 millones de RUC activos en todo el Perú.
De estos solo contaban con correo electrónico registrado 2.7 millones de contribuyentes, mientras que 2.6 millones tenían el número de celular. Es decir más de 4.2 millones de RUC activos tenían pendiente entregar ambos datos.